¿Ya puedes consumir marihuana libremente en México? Cofepris responde

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) aclaró que las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no significan que la marihuana sea legal en México, sino que únicamente reconocen el derecho al autoconsumo lúdico mediante permisos individuales autorizados por la autoridad sanitaria.
Luego de las recientes resoluciones de la Suprema Corte sobre el autoconsumo de cannabis, la Cofepris precisó que el marco legal mexicano no ha cambiado de forma general y que continúan prohibidas actividades como la comercialización, distribución y venta de marihuana fuera de los supuestos permitidos por la legislación vigente.
¿La marihuana ya es legal en México?
La respuesta es no.
De acuerdo con la Cofepris, las resoluciones emitidas por la Suprema Corte no representan una legalización general del cannabis ni modifican la legislación vigente.
Lo que reconocen es el derecho de personas adultas a solicitar una autorización para el autoconsumo lúdico de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC), siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la autoridad sanitaria.
¿Qué permiten los permisos de Cofepris?
Las autorizaciones otorgadas permiten realizar actividades relacionadas con el autoconsumo, entre ellas:
Siembra de cannabis.
Cultivo.
Cosecha.
Preparación.
Posesión.
Transporte para consumo personal.
Estas actividades únicamente pueden realizarse por las personas que cuentan con el permiso correspondiente y bajo las condiciones establecidas por la Cofepris.
¿Qué sigue prohibido?
La autoridad sanitaria reiteró que las resoluciones de la SCJN no autorizan:
La venta de marihuana.
La comercialización.
La distribución.
El suministro a terceros.
La enajenación de cannabis.
Estas conductas continúan reguladas por la legislación mexicana y pueden ser sancionadas cuando se realicen fuera del marco legal.
La SCJN no despenalizó la marihuana
La Cofepris también aclaró que la Suprema Corte no resolvió sobre una despenalización general del cannabis ni sobre el consumo de otras sustancias psicotrópicas.
El reciente criterio del máximo tribunal únicamente analizó si la autoridad sanitaria cumplió correctamente con sentencias previas mediante la expedición de permisos de autoconsumo.
¿Qué resolvió la Suprema Corte?
La SCJN validó que la Cofepris pueda emitir autorizaciones conjuntas para varias personas, siempre que cada una aparezca expresamente como titular del permiso y reciba una copia certificada del documento.
Con ello, la Corte consideró cumplidas las sentencias derivadas de los amparos relacionados con el autoconsumo lúdico de cannabis.
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