El Tiempo de Monclova 🔍

OPINIÓN Columna Monclova Piedras Negras Carbonífera Saltillo Torreón Seguridad

Sucesos... ¿Pasaporte para circular en Nuevo León?

José Mariano Orozco Tenorio
comparte facebook comparte X comparte WhatsApp comparte Telegram

El Artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece textualmente: “Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes”. El  texto es muy claro, no señala el medio de transporte, puede significar que la vialidad puede ser en vehículo terrestre, o ferrocarril o aéreo, o caminando. No hay especificación del medio de transporte; sin embargo, no falta quien interprete, con mala o buena intención, que el precepto constitucional se refiere a las personas, no a los vehículos; es decir, no se está restringiendo el derecho a las personas y, por lo tanto, no se está violentando nada si se implementa un pase turístico, como se pretende. Como sabemos, el 4 de septiembre se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León los señalamientos para la “implementación, operación, control y seguimiento del denominado “Pase Turístico”, cuya iniciativa se atribuye al Instituto de Control Vehicular. Nadie, hasta donde sabemos, ha dado la cara ni alzado la mano para decir que fue el autor individual. Lo asombroso es que los miembros del Congreso del Estado, sean abogados o no, lo aprobaron, inclusive sin necesidad de someterlo a una consulta, considerando que serán miles las personas afectadas, claro, con el visto bueno del señor Gobernador. ¿Cuál ha sido la posición de las autoridades del Estado? Tampoco se han pronunciado. Los  argumentos que se han estado utilizando consisten en:1. Regular los vehículos con placas foráneas que ingresan al Estado de Nuevo León por fines turísticos o de trabajo o de recreación o cualquier otro propósito lícito, procurando así otorgarles “certeza jurídica” para quienes se transportan temporalmente, cuidando la vida, la seguridad y el patrimonio de las personas, contribuyendo de esta manera a mantener el orden público y la paz social. 2. Aquellos pocos que han defendido la nueva norma se basan en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha defendido el derecho de las personas, no de los objetos, como serían los vehículos, partiendo de la base de que todos los Estados tiene el derecho de regular el tránsito vehicular, como lo ha hecho el Estado de México, la Ciudad de México y Puebla (programas del no circula, por cuestiones de contingencia ambiental) y a quienes curiosamente no se les han atribuido violaciones a la constitución. En otras palabras, no se está prohibiendo la libre circulación de las personas, sino de los vehículos. Se da a entender que las personas pueden internarse al Estado caminando o por otro medio de transporte que no porte placas foráneas.

Ahora bien, para los que se oponen al pase turístico y, en consecuencia, al libre tránsito, se establece:
1. Se trata de un decreto estatal discriminatorio, de acuerdo a la procedencia de las placas del vehículo.
2. Es violatorio porque un Derecho Humano (fundamental) lo minimiza y queda bajo el criterio y regulación de un gobierno estatal.
3. Se trata de una clara violación al libre tránsito en toda la República.

En realidad, no deberíamos asombrarnos por la pretensión de limitar el libre tránsito, ya que para nada es algo nuevo. Se estima que desde hace 2700 años existía, de una u otra forma en el Oriente Medio, la antigua Asiria, que hoy en día viene siendo parte de Irak y Siria. Hay indicios de que en el Gobierno del Rey Asurbanipal se cobraba a los “extranjeros” el derecho de peaje por pasar por su territorio. Para el caso de México, sabemos que los Aztecas imponían un impuesto que podía ser en especie a aquellas canoas que llevaban sus mercancías a través de los canales del lago de Texcoco hasta llegar a Tlaltelolco.

Con la conquista por parte de los españoles,  se generaron aduanas con una rudimentaria caseta que se encargaba de cobrar una cuota para dejar pasar las carretas cargadas de mercancía, la mayoría con maíz y hortalizas.

Hasta 1952, con la inauguración de la primera autopista de México a Cuernavaca, se empezó a cobrar la cuota que aún persiste hasta la fecha. El origen que dio pie a la construcción de la autopista no fue recaudatorio; no tenía ese propósito, sino lo que motivó a construir una vía paralela pero con dos carriles de ida y otros dos de regreso fue la saturación de la carretera libre (federal). No existía en el país una vialidad con esa anchura, incluyendo pasajes destinados al descanso temporal y salidas de emergencia.

De acuerdo a la información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), a la Red Nacional de Caminos (RNC) y al Instituto Mexicano del Transporte (IMT), México cuenta actualmente con 11382 kilómetros de autopistas con 1376 casetas de cobro, identificadas con una “D” para señalar que se trata de acceso limitado al cobro. Es importante tener en cuenta que una tercera parte de la infraestructura es operada por Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE) y el resto está bajo el régimen de concesión a empresas particulares. (Solo como dato curioso, anotamos que el Archivo de Transferencia de CAPUFE, ubicado a la entrada a Cuernavaca es un modelo de organización a seguir).

El ya famoso Pase Turístico entraría en vigor el 21 de octubre del presente año. Aún no están detalladas las operaciones, por lo que hay varias dudas de su operación. Se sabe que el trámite sería por internet (aunque todavía no existe la página web para conectarse), y los requisitos para su gestión son:
1. Licencia vigente de conducir.
2. Tarjeta de circulación.
3. Póliza vigente del seguro. Si fuese solo por 30 días, el trámite será gratuito pero si es de “estancia prolongada” (más de 30 días) entonces tendrá un costo que aún no está estipulado. Tampoco se sabe cómo sería el control, es decir, como se llevaría el control de la fecha del comienzo de los 30 días y del término. No se aclara el órgano que se va a encargar de vigilar los vehículos de placas foráneas, ni de las sanciones. Obviamente, hay muchas preguntas que el decreto publicado no responde. 

Los Estados colindantes con Nuevo León son los que se ven más impactados con la medida. Por ejemplo, Ramos Arizpe, Saltillo, Arteaga, se transportan todos los días cientos de trabajadores, comerciantes, estudiantes y visitantes que van y regresan a Monterrey; rebasarían los 30 días por lo que económicamente se verían afectados por otra carga económica. Es cierto que el derecho de Peaje no es nada nuevo pero hay que tener una consciencia social para facilitar la vida cotidiana de los habitantes de México. Es cierto también que los Estados de la República son autónomos e independientes y de que, al menos en el caso de Nuevo León, contribuye de manera muy importante al Producto Interno Bruto (PIB) nacional, pero no están los tiempos como para tomar decisiones separatistas. Por el contrario, ante el muy revuelto entorno nacional e internacional, es cuando más debemos de ser solidarios y facilitar el quehacer diario de los habitantes.

La iniciativa destruye claramente el bien común y el orden público, pero hace un par de días el Gobernador declaró que se suspenderán los Lineamientos dada la reclamación de los Estados vecinos y de algunos alcaldes del propio Estado de Nuevo Léon y de que las autoridades no pretenden contrariar la Constitución; en otras palabras, no se habían dado cuenta de la violación constitucional hasta que empezaron las protestas: ¡Increíble!  Bueno, bien se dice que es de sabios corregir.

Columna: “Yo soy la señora Díaz, no la señora Monreal”

La designación de Verónica Díaz Robles como virtual candidata de Morena al gobierno de Zacatecas provocó disgustos y jaloneos entre los morenistas y petistas que participaron en el proceso interno, quienes cuestionaron el parentesco familiar de la senadora con licencia -- leer más

Noticias del tema


    Más leído en la semana