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PRONNIF mantiene a 20 menores bajo resguardo

Adopciones
Daniela Cordova
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Diez menores son susceptibles de adopción, mientras otros permanecen bajo protección o con procesos jurídicos pendientes actualmente.

Actualmente, 20 niñas, niños y adolescentes permanecen institucionalizados bajo resguardo de la Procuraduría de los Niños, las Niñas y la Familia (PRONNIF), distribuidos en dos Centros de Asistencia Social de la región.

Martha Herrera, titular de la PRONNIF, detalló que 10 menores se encuentran en el Centro de Asistencia Social Galilea y otros 10 en Alba Moreira, aunque su situación jurídica es diferente y no todos están disponibles para iniciar de inmediato un proceso de adopción.

Cada menor tiene un proceso distinto. 

De los 20 menores, 10 son susceptibles de adopción, mientras que los otros 10 permanecen bajo una medida especial de protección o dentro de un procedimiento de juicio de pérdida de patria potestad que permita definir su situación jurídica. La titular de la Procuraduría señala que el ingreso a un Centro de Asistencia Social no significa que un menor quede automáticamente disponible para adopción, debido a que primero se deben agotar otras alternativas para garantizar su derecho a vivir en un entorno familiar.

Primero buscan el regreso con familiares. 

Durante los primeros meses se aplica una medida especial de protección con una duración de tres a seis meses, periodo en el que la Procuraduría trabaja con la familia de origen y con la red extensa de familiares. La intención es identificar si existe una persona apta que pueda hacerse cargo del menor y permitir su egreso en condiciones favorables. Dentro de estas alternativas se encuentran tíos, abuelos u otros familiares que puedan representar una red de apoyo adecuada.

Este proceso también contempla trabajar con las familias para que realicen los cambios necesarios y puedan ofrecer a las niñas, niños y adolescentes un entorno apto, apegado a sus derechos y al respeto.

Se define la situación jurídica. 

Cuando transcurren los seis meses y no es viable la reintegración con la familia de origen o la red extensa, la Procuraduría debe avanzar en la definición jurídica del menor. Entre las vías se encuentra el juicio de pérdida de patria potestad o una certificación por abandono, procedimientos que permiten liberar jurídicamente al menor cuando corresponde. Una vez que existe esa liberación jurídica, el menor puede ser restituido a un entorno familiar diferente mediante la vía de la adopción.

Buscan evitar procesos inmediatos. 

Herrera subraya que el objetivo durante los primeros meses es trabajar con las familias antes de determinar una alternativa distinta, por lo que la adopción no constituye una consecuencia automática del ingreso a un centro de asistencia.

Actualmente, la PRONNIF mantiene este seguimiento con los 20 menores institucionalizados, mientras analiza cada situación de manera particular y trabaja tanto con familias interesadas en adoptar como con las redes familiares que pueden favorecer el regreso de los menores a un entorno conocido. Así, la situación jurídica de cada niña, niño o adolescente determina los pasos que corresponden, con la prioridad de encontrar una alternativa familiar adecuada para cada caso.

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