IP avaló medidas antievasión para las empresas: Gari Gevijoar Flores

Los cambios al Impuesto Sobre la Renta (ISR) para limitar deducciones indebidas y abuso de pérdidas fiscales de las empresas, no causarán informalidad, inflación, ni desempleo, aseguró el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Tampoco afectará a las nuevas inversiones o a la seguridad jurídica de los contribuyentes, afirmó el órgano recaudador de impuestos.
Son candados con el fin de evitar que las empresas evasoras sigan inflando gastos o inventen pérdidas para no cumplir con sus obligaciones fiscales, dijo el Administrador General de Recaudación (AGR), Gari Gevijoar Flores Hernández González.
De ahí que no hay ninguna razón para que suban precios de sus productos, despidan personal o se vayan a la informalidad, señaló.
Por el contrario, con la simplificación para pequeños negocios, se espera que el padrón de causantes aumente en 1.6 millones, dijo en entrevista con EL UNIVERSAL.
Al explicar en qué consiste la propuesta de reforma a la Ley del ISR y facilidades para pequeños contribuyentes que forman parte del Paquete Económico 2027, consideró que son medidas que pueden molestar a los que aumentan gastos y pérdidas fiscales.
Comentó que antes de elaborar la propuesta conversaron con cámaras, colegios y distintos grupos empresariales, quienes expresaron su beneplácito porque los coloca en una competencia desleal.
"No hace sentido que haya empresas con cinco, 10 o 15 años con pérdidas, aunque sus ingresos suben; están inflando los gastos para erosionar la base gravable y ya no se puede permitir", esgrimió.
Son dos modificaciones que se proponen para el ISR y de ser aprobadas por el Congreso, aplicará sólo a empresas con ingresos superiores a 50 millones de pesos y más de cinco años operando.
Pérdidas fiscales
Respecto a la primera, explicó que es cuando reportan menos ingresos que gastos. Como ejemplo mencionó: Si en el año registra mil pesos de ingresos y mil 500 de gastos, hay una pérdida fiscal de 500 pesos. Si al siguiente ejercicio le va bien y se invierten los números, se podrían aplicar los 500 pesos del año anterior para no pagar y con ello llevan dos años sin pagar impuestos. De ahí que se plantea que las pérdidas fiscales se podrán aplicar, sólo respecto de la mitad de lo que tocaría pagar.
"Así en el año que le fue bien, en el que se tendría que pagar 500 pesos, con la nueva medida correspondería 250", ejemplificó.
Los otros 250 pesos no se perderán, ya que la empresa tiene 20 años para aplicarlos.
Tope a deducciones
Sobre la limitante a las deducciones o poder restar gastos para pagar menos impuestos, dijo, sólo procederá cuando una empresa reporte un resultado positivo.
"Es falso que se vaya a aplicar cuando no haya tenido utilidades en un ejercicio; incluso ninguna de las dos medidas", enfatizó.
Tendrán un tope de deducciones de 97% cuando una empresa lleve operando más de cinco años, con ingresos superiores a 50 millones de pesos y con ganancias.
"Si tienen gastos o deducciones por arriba de 97% respecto de sus gastos, ahí entra la medida si tuvieron utilidades: Sólo podrán deducir 97% de los gastos", expuso.
Es decir, pagará 3% de sus ingresos, pero si tuvo gastos o deducciones menos de 97% se le aplica un 1% sobre gastos. Por ejemplo, el contribuyente con ingresos de mil pesos y gastos de 800 pesos, es decir de 80%, va a poder deducir 79%. Si un contribuyente tuvo ingresos de mil pesos y gastos de 970 pesos, sólo podrá deducir 97% de mil pesos.
Quién es
* Licenciado en Derecho egresado de la Facultad de Derecho de la Barra Nacional de Abogados.
* Cuenta con especialización en auditoría fiscal y devolución de grandes contribuyentes.
* En el SAT ha sido Auditor de Operaciones de Comercio Exterior, Administrador de Fiscalización al Sector Financiero y Administrador Central de Devoluciones.
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