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INE: Entre el consenso y la tómbola

Juan Antonio García Villa

En pleno proceso electoral para los comicios que tendrán lugar el domingo 6 de junio del año próximo, renunció al cargo de presidente del Consejo General del INE la señora Guadalupe Taddei. Luego de haber opuesto alguna resistencia inicial para marcharse, a pesar de haber sido descubierta y exhibida como cabeza de una brutal red de corrupción nunca antes vista, finalmente terminó por presentar su renuncia, en la que dijo que se iba “con la frente en alto”.

Seguramente sintiéndose aún impone, a pesar de que sus padrinos y cómplices ahora la desconocen, al decir que se va “con la frente en alto” al agravio la señora Taddei agregó la burla. ¿Cómo pudo decir eso ante semejante escándalo de corrupción?

La Constitución General de la República dispone que “de darse la falta absoluta del consejero Presidente” del INE “durante los primeros seis años de su encargo (que es el caso, pues Taddei tenía apenas poco más de tres años), se elegirá un sustituto para concluir el periodo de la vacante”.

Tal elección deberá llevarse a cabo conforme al complejo procedimiento que con cierto detalle establece la Constitución en el artículo 41, Base V, Apartado A.

Comprende básicamente cinco etapas. La primera consiste en el Acuerdo que la Cámara de Diputados habrá de emitir, para dar a conocer la convocatoria pública, las fechas límites y plazos improrrogables de cada etapa y el proceso de designación de un “comité técnico de evaluación”.

En esa primera etapa lo que la opinión pública debe exigir es que los tiempos que se establezcan en la convocatoria para cada etapa no sean “correteados” sino razonables, a fin de poder ir conociendo de qué o de quiénes se trata, para reaccionar frente a pasos tortuosos o ante propuestas inadmisibles o perfiles impresentables. Evitar pues la presentación perentoria de “hechos consumados”.

La siguiente etapa consiste en la integración del llamado “comité técnico de evaluación”. La Constitución dice que éste se conformará de cinco miembros, “personas de reconocido prestigio, de las cuales tres serán nombradas por el órgano de dirección política de la Cámara de Diputados (llamada Junta de Coordinación Política, conocida como la Jucopo) y dos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos”, desde hace ocho años totalmente en manos del oficialismo.

En esta etapa hay que estar muy alertas a fin de exigir que los cinco integrantes de dicho comité, no sólo uno como ha sido la práctica sino los cinco, sean personas auténticamente de reconocido prestigio y sin ligas, tendencia o afinidad política con Morena.

En la tercera etapa, ese “comité técnico” lleva a cabo la depuración de la lista de aspirantes al cargo que se hubieron registrado, hasta dejar a cinco que considera los mejor evaluados, que han cumplido los requisitos constitucionales y legales, y por su idoneidad.

No deja de ser sospechoso que casualmente los cinco seleccionados (según se vio en los últimos casos) suelen ser simpatizantes de Morena. En este punto es importante que la lista de nombres no sea pasada de inmediato a la Cámara de Diputados sino que se dé a conocer públicamente para que sea objeto de amplio escrutinio por parte de la opinión pública y los medios de comunicación. Debe ser al menos un par de semanas el tiempo de espera. Porque, ¿cuál es la prisa en acelerar las cosas, si finalmente el cargo de presidente del INE está cubierto?

Como cuarta fase o etapa, ya con los cinco nombres que reciba del “comité técnico”, la Carta Magna señala que la Jucopo “impulsará la construcción de acuerdos (entre las fuerzas políticas representadas en la Cámara, obviamente) para la elección del consejero Presidente”, y que una vez realizada la votación al interior de la Jucopo, se remita al Pleno de la Cámara la propuesta de nombramiento.

La Constitucíón presupone que si al interior de la Jucopo se llegó a un consenso en cuanto a la persona a designar de entre las cinco, consenso confirmado además por votación de los integrantes de la propia Jucopo, el candidato propuesto –cualquiera que sea la conformación presente o futura que tenga la Cámara de Diputados en su integración por grupos parlamentarios— seguramente alcanzará la mayoría calificada de las dos terceras partes de los legisladores presentes en la sesión, como exige la Ley Fundamental para ser aprobado su nombramiento.

La Constitución prevé una quinta etapa, a la que no se debe llegar, que consiste en lo siguiente: de no alcanzarse el consenso del que habla la cuarta etapa (ni en el Pleno en su caso la mayoría calificada requerida, que Morena y sus aliados hoy tienen), entonces se recurrirá al (primitivo) sistema de tómbola. Peor aún: si por vergüenza o por cualquiera otra razón la Cámara de Diputados no realizara esa tómbola, dice la Constitución que ésta la llevará a cabo ¡la Suprema Corte de Justicia de la Nación! Menos mal que sería la Corte de los acordeones. Tal para cual.

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