Erick 'N' intenta volver a salir de la cárcel, pero le dan revés a su amparo

El mismo juez que le otorgaba anteriormente los amparos ahora se lo negó.
Monclova, Coahuila.- El propietario del anexo Escudo de Salvación, Erick "N", intentó frenar la prisión preventiva que le fue impuesta hace una semana, pero el Juzgado Federal le negó la suspensión para salir en libertad.
De acuerdo con documentos del Juzgado Cuarto de Distrito en Coahuila, con sede en Monclova, el acusado promovió el pasado 2 de septiembre de 2026 el juicio de amparo indirecto 750/2026 contra la sentencia 108/2026, dictada el 28 de agosto de 2026 dentro del Toca Penal 116/2026 por el Magistrado del Tercer Tribunal Distrital.
Esa sentencia es la que modificó la resolución del Juez de Primera Instancia Penal del Sistema Acusatorio y Oral de Monclova y dejó sin efectos las medidas cautelares de resguardo domiciliario —con permiso para salir a trabajar— y localizador electrónico, para imponer en su lugar la prisión preventiva oficiosa y justificada.
Erick y su escolta, Ángel “N”, fueron detenidos el 1 y 2 de septiembre por la Agencia de Investigación Criminal en cumplimiento de esa nueva medida, por su presunta responsabilidad en el homicidio calificado de Jesús Alfredo Salayandia Reyes, ocurrido el 7 y 8 de julio de 2022 al interior del anexo ubicado en la colonia Occidental de Ciudad Frontera.
En su demanda, la defensa del imputado, a cargo de Jesús Javier Guerrero Rodríguez, solicitó la suspensión del acto reclamado para que se mantuvieran las cosas en el estado que guardaban y no fuera detenido con motivo de la prisión preventiva.
Sin embargo, en el incidente de suspensión, el Juez Cuarto de Distrito resolvió no conceder la suspensión con efectos restitutorios.
En el acuerdo, el juzgador argumenta que existe una restricción constitucional expresa derivada de la reforma al artículo 19 de la Constitución publicada el 31 de diciembre de 2024, en vigor desde el 1 de enero de 2025, que establece que para la interpretación de la prisión preventiva oficiosa los órganos del Estado deben atenerse a su literalidad, “quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos”.
Asimismo, cita la reforma al artículo 166, fracción I, de la Ley de Amparo del 16 de octubre de 2025, que dispone que cuando se reclama una orden de aprehensión o medida cautelar por delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, la suspensión únicamente procede para el efecto de que el quejoso quede a disposición del juez de amparo en lo que se refiere a su libertad personal, pero continúe a disposición del juez penal para la continuación del procedimiento.
Con ese fundamento, el juzgado determinó que es improcedente la suspensión provisional para no ser detenido, aun invocando las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez vs México, y la jurisprudencia del Pleno Regional Centro-Norte PR.P.T.CN. J/3 P (11a.) y la contradicción 20/2025.
El juez sostuvo que debe prevalecer la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (P./J. 20/2014 y 2a./J. 38/2016), por principio de jerarquía jurisprudencial establecido en el artículo 217 de la Ley de Amparo.
La resolución concede únicamente la suspensión provisional para el efecto de que quede a disposición del juzgado federal en el lugar en que se encuentre recluido, en cuanto a su libertad personal, quedando a disposición del juez penal para los efectos de la continuación del proceso.
El juzgado también ordenó notificar como parte tercera interesada a Cynthia Marisol Vara García, viuda de la víctima, con domicilio en Privada Colima No. 405, colonia Ampliación Sierrita, en Frontera. Para ello se dejó aviso el 4 de septiembre a las 15:16 horas para que acuda dentro de dos días hábiles al juzgado a notificarse del proveído del 2 de septiembre.
La audiencia incidental para resolver sobre la suspensión definitiva fue fijada para las 13:15 horas del 8 de septiembre de 2026.
Con esta determinación, Erick permanecerá en prisión preventiva mientras se resuelve el fondo del amparo.
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