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Acusa FGR a Ruffo de recibir 18 mdp y coordinar huachicol

México
Agencias / El Tiempo
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De acuerdo con la orden de aprehensión contra Ernesto Ruffo y otras 24 personas, el exgobernador panista recibió transferencias por 18 millones de pesos a una cuenta contratada a nombre de Ingemar, con lo que se aprovechó de recursos generados por el huachicol fiscal, refieren las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR).

En la acusación se explica que Ruffo Appel era "un dirigente dentro de una organización criminal con dominio funcional del hecho". Ingemar declaraba volúmenes aproximados de 10 mil litros de combustible; sin embargo, en realidad cada carrotanque contenía más de 100 mil litros de hidrocarburo en por lo menos 163 vehículos.

Ruffo es señalado por los probables delitos de delincuencia organizada y contrabando.

En el expediente al que tuvo acceso EL UNIVERSAL se menciona que es accionista mayoritario de Ingemar, lo que pone de manifiesto su participación en el aprovechamiento de los recursos generados por la actividad ilícita.

Ruffo Appel, de 74 años, desempeñaba la función de operador estratégico en el nivel corporativo de la organización criminal, actuando como facilitador estructural y legitimador institucional.

Al formar parte del órgano de dirección de la empresa, fungió como instrumento para la comisión de los delitos, aportando con su intervención la estructura jurídica, dirección corporativa y continuidad operativa.

Esto para la ejecución sistemática del esquema ilícito, actualizándose así su intervención bajo una lógica de coautoría funcional en una organización criminal.

Las investigaciones de la FGR destacan que con los dictámenes periciales en materia de volumetría e ingeniería, se desprende que en múltiples operaciones realizadas a nombre de Ingemar, se declaran volúmenes aproximados de 10 mil litros por unidad.

Mientras que en realidad cada carrotanque contenía más de 100 mil litros de hidrocarburo, evidenciando una diferencia sistemática que revela la existencia de un mecanismo deliberado de ocultamiento.

"Asimismo, se acreditó que tales operaciones no constituyen hechos aislados, sino que forman parte de una actividad reiterada y estructurada, desplegada a través de 163 carrotanques, mediante la intervención coordinada de diversos coimputados.

"Incluyendo agentes aduanales que, actuando como mandatarios de las empresas controladas por el imputado, introducían información falsa en el sistema electrónico aduanero y validaron los pedimentos con su firma electrónica", dice la FGR en la indagatoria.

Indica que aun cuando Ingemar tenía permiso de la Secretaría de Energía (Sener) para importar petrolífero, las importaciones realizadas excedieron lo declarado en los pedimentos.

El permiso no lo salva porque el exceso no declarado constituye introducción ilícita, adquisición, posesión y enajenación sin derecho respecto del volumen excedente.

Ello, porque el permiso de importación sólo ampara el volumen autorizado, el producto específico y las condiciones establecidas en ese permiso.

Esto es, si el importador introduce más volumen del declarado en el pedimento sobre ese excedente, no tiene derecho por no estar amparado en el permiso y, por ende, no está declarado ante la autoridad aduanera.

En la totalidad de los datos de prueba analizados se permite establecer una línea lógica y coherente de intervención, en la que el exgobernador controlaba las personas morales utilizadas como instrumentos del delito, diseñaba el esquema de simulación aduanera y fiscal.

También se encargaba de coordinar a los operadores que ejecutaban materialmente las conductas y se beneficiaba económicamente de las operaciones ilícitas.

Además del exmandatario estatal, son acusados Ricardo Thomp-son Navarro, José María de la Peña Ramos y Guillermo de la Peña Rosales, José Merino Valdés Cuervo, Juan Hermilo Chávez Rodríguez, Luis Antonio Barrientos Juárez y Adriana Magali Bárcenas Guillén.

En el oficio 529-V-DI-V-458/2026, del 19 de junio de 2026, firmado por la Dirección de Investigaciones de la Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación, se formula la declaratoria de perjuicio en contra de las personas morales Ingemar y Servicios Aduanales JR.

El oficio hace mención a Ricardo Thompson Navarro, identificado como secretario de Ingemar y accionista de la empresa.

En tanto, José Merino Valdez Cuervo se identifica como accionista de Ingemar, mientras Juan Hermilo Chávez Rodríguez, agente aduanal, y Luis Antonio Barrientos Juárez, como dependiente autorizado del agente aduanal, entre otras personas.

Las personas morales Ingemar y Servicios Aduanales JR participaron en una mecánica de internación de mercancías que derivó en una afectación al fisco federal, a través de las siguientes conductas fácticas y registrales concatenadas.

Entre ellas: alteración de la naturaleza de la mercancía, donde las personas morales declararon en la documentación aduanera el ingreso al territorio nacional de un producto bajo una clasificación arancelaria y descripción comercial que no correspondía con su composición real.

Otra conducta es la subdeclaración de volúmenes; asimismo, el dictamen técnico contable acredita que las empresas asentaron en sus pedidos de importación un volumen de hidrocarburo por unidad de transporte menor al que realmente se introdujo al país.

"Esta discrepancia se constató al confrontar los datos de los pedimentos contra los dictámenes periciales en materia de volumetría practicados tras el aseguramiento físico.

"Confirmando que el volumen real de la mercancía internada difería de la cantidad manifestada ante la autoridad aduanera respecto de la capacidad y el contenido de los ferrotanques", según la orden de aprehensión.

Así como la situación regulatoria diferenciada respecto de los permisos de importación.

De igual manera, el análisis documental integrado en el expediente revela condiciones administrativas distintas para cada operador respecto del cumplimiento del artículo 48, fracción I de la Ley de Hidrocarburos.

"Ingemar figuraba con permisos vigentes expedidos por la Secretaría de Energía para la importación de diesel y gasolina, por lo que la inconsistencia detectada recayó en la descripción del producto y el volumen declarados bajo el amparo de la autorización.

"Servicios Aduanales JR carecía de registros o permisos localizados para la importación de combustibles ante la Secretaría de Energía, participando en el despacho y manejo de los hidrocarburos efectivamente dictaminados sin contar con la licencia regulatoria exigida por la normativa sectorial", señala el documento.

Este conjunto de hechos tuvo como consecuencia una omisión en el pago de las contribuciones federales a las que ambas empresas estaban legalmente obligadas.

Ingemar omitió el pago de 158 millones 580 mil 417 pesos. En el caso de la contribuyente Servicios Aduanales JR omitió el pago de 2 millones 205 mil 239 pesos.

"Señalando que el ingreso de los ferrotanques a territorio nacional ocurrió dentro del periodo comprendido del 11 de abril de 2025 al 29 de junio de 2025", puntualiza.

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