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TEPJF confirma sanción del INE a MC por incumplir plazos

MC
Agencias
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El TEPJF confirmó la sanción del INE a Movimiento Ciudadano por no ajustar sus plazos internos a los tiempos de precampaña.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad la sanción impuesta por el INE a Movimiento Ciudadano (MC) por no adecuar sus criterios y plazos internos a los tiempos de precampaña establecidos para el proceso electoral federal 2023-2024. Los magistrados consideraron que la amonestación pública es procedente, ya que el INE comprobó que el partido naranja ignoró reiterados exhortos para ajustar su proceso interno de selección de candidatos, argumentando que se trataba de una decisión de autoorganización.

Un partido que ignoró múltiples exhortos del INE

El proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña detalló que, mediante diversos oficios, el INE requirió a MC realizar los ajustes necesarios para cumplir con las fechas y plazos de precampaña determinados para la elección de candidaturas al Senado y la Cámara de Diputados, así como para la resolución de medios de impugnación internos. Sin embargo, el Consejo General del INE concluyó que el partido no realizó los ajustes, por lo que le impuso la amonestación pública ahora confirmada por el Tribunal.

El argumento de MC: libertad de autoorganización vs. orden legal

Ante el TEPJFMovimiento Ciudadano alegó que la sanción vulneró los principios de legalidad, certeza y seguridad jurídica, pues no tomó en cuenta que los procesos internos de selección se rigen por la libertad de autoorganización y autodeterminación de los partidos. No obstante, la Sala Superior resolvió que, si bien existe dicha libertad, ésta debe ejercerse dentro de los márgenes legales que permiten asegurar la debida ejecución de las actividades y procedimientos electorales a cargo del órgano electoral.

Un precedente sobre los límites de la autonomía partidista

La decisión unánime del TEPJF sienta un precedente importante sobre los límites de la autonomía interna de los partidos políticos. Establece que la "libertad de autoorganización" no es absoluta y está sujeta al cumplimiento de la normativa electoral y los plazos oficiales fijados para garantizar la equidad y certeza en los procesos. El fallo refuerza la autoridad del INE para vigilar y sancionar incumplimientos que puedan afectar la calendarización integral de unas elecciones.

Implicaciones para futuros procesos electorales

La confirmación de la sanción envía un mensaje claro a todos los partidos políticos nacionales: los procesos internos de selección de candidatos deben sincronizarse estrictamente con los calendarios y plazos autorizados por el INE. Cualquier desviación o retraso, so pretexto de autonomía interna, puede ser sancionada. Esto busca prevenir desórdenes logísticos y garantizar que todas las fuerzas políticas compitan en igualdad de condiciones y con estricto apego a los tiempos legales.

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