Cambio de plataforma del SAT desquicia a los contribuyentes

La devolución de saldos a favor a personas principalmente de Sueldos y Salarios que tuvieron dificultades al declarar han tenido que hacer más trámites lo que atrasa más de dos semanas.
Contribuyentes que buscan una devolución de impuestos por el SAT se toparon en el presente período con dificultades para completar el trámite o el rechazo a sus declaraciones lo que causó diferentes opiniones en redes sociales y el temor a rebasar plazos sin obtener reembolsos.
Los inconvenientes para declarar originó retrasos y que la devolución se tardara más de dos semanas en la situación que se observó en las operaciones de los contribuyentes bajo el régimen de Sueldos y Salarios que son las fechas en que deben realizar su declaración con la petición de devolución de saldo a favor.
Operación.
Expertos como la Contadora Virginia Mireles Sagún detalló que la plataforma del SAT (Servicios de Administración Tributaria) no estaba actualizada al uno de abril cuando muchos contribuyentes comenzaron a presentar sus declaraciones, por ello, hubo errores.
Citó el ejemplo de que a algunos se les rechazó porque la clave interbancaria no coincidía, pues el sistema no la reconoce como tal así que el sistema pide más datos como el estado de cuenta y eso va a hacer que se retrase el proceso.
Otros casos fueron que las facturas en efectivo el sistema del SAT no las detectaba y al hacer la declaración se rechazan, por lo que tienen que hacer la declaración de manera manual.
“Lo ideal era esperarse y haberla presentado a partir del 15 de abril que ya la plataforma estuviera debidamente instalada y probada para evitar las situaciones que se presentaron y desconozco si se siguen presentando”, comentó.
Retrasos.
El SAT se está tardando dos semanas y media en hacer la devolución de saldo a favor en el caso de los contribuyentes registrados bajo la modalidad de Sueldos y Salarios, cuando antes era menos tiempo.
Término.
Los plazos para pedir la devolución de impuestos sin firma electrónica son del 1 al 30 de abril y si no la hicieron en ese tiempo, la única oportunidad que tienen es que pueden presentarla pero con firma electrónica. Y, cuando se reclaman montos de saldo a favor de años pasados, es necesario presentarla con la firma electrónica y el SAT se puede tardar en revisar hasta 40 días hábiles.
Sólo se puede hacer el reclamo hasta cinco años atrás.
Trámite.
La contadora detalló que para los contribuyentes de Sueldos y Salarios tienen todo el año para presentar la devolución, pero bajo firma electrónica.
Las personas morales presentan su declaración en el mes de marzo y tienen de plazo el 31 de marzo y las personas físicas con alguna actividad la presentan a más tardar el 30 de abril.
Mireles Sagún detalló que generalmente en las operaciones de personas físicas con actividad piden no tanto la devolución sino la compensación para sus propios negocios, o sea que lo compensen en el siguiente mes.
“Por ejemplo, en declaración de empresas física o morales que tenga saldo a favor, lo que piden regularmente es que se los compensen en otro impuesto, es decir, lo pueden ir acreditando”, destacó.
Sondeo.
En consulta con ciudadanos arrojó que 4 de cada 7 personas terminaron con saldo en contra, mientras que 3 lograron un resultado a favor.
De acuerdo con los datos obtenidos, Izamary Gámez, quien desempeñó tres empleos a lo largo del año, terminó con un saldo en contra de 13 mil pesos, mientras que Ernesto Ríos resultó con una cifra de 65 mil pesos, debido a que excedió los límites de su régimen fiscal.
José Fernández, por su parte, tuvo dos patrones y terminó con un saldo negativo de 8 mil pesos, al igual que Valente González, a quien no le aplicaron correctamente las retenciones en uno de sus trabajos; en su caso, el monto a pagar fue de 31 mil pesos.
Por otro lado, tres de las personas consultadas reportaron saldo a favor. Mercedes Soto declaró correctamente y logró que el SAT reconociera un monto de 4 mil pesos a su favor. Margarita Kancheff, por su parte, obtuvo cinco mil pesos gracias al uso de deducciones, y Mónica Gómez también tuvo un resultado positivo con cuatro mil pesos a favor.
Aunque en estos tres casos el saldo representa un beneficio directo, ninguna de las entrevistadas ha recibido aún el depósito correspondiente por parte de la autoridad fiscal. El SAT tiene como fecha límite el 31 de julio para concretar las devoluciones, siempre que la declaración no haya sido rechazada o sujeta a verificación adicional.
SAT.
La obligación fiscal para contribuyentes de Sueldos y Salarios es para aquellos que durante el ejercicio fiscal hayan tenido más de un patrón, ingresos anuales superiores a los 400 mil pesos, ingresos por honorarios o arrendamiento, o quienes busquen saldo a favor por deducciones personales, como gastos médicos, dentales, colegiaturas o intereses hipotecarios. También están obligados quienes dejaron de laborar antes del 31 de diciembre del año que se declara.

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