Un retiro digno pese a una vida de sacrificios en Modalidad 40
Jose Gaytan / El Tiempo Piedras NegrasLo más interesante es el salario con el cual se va a calcular la prestación legal
En el ocaso de una vida laboral llena de sacrificios y bajos salarios, existe la llamada Modalidad 40 que está transformando vidas adultas y la de sus familias. Y que pese al desconocimiento técnico que inhibe a las personas adultas, son más los que acuden a tramitarla o buscar asesoría legal, y con resultados sorprendentes.
Quienes califican. El especialista y diplomado en pensiones, Enrique Martínez Castro de la agencia Alfer, precisa que la Modalidad 40 está diseñada para todo trabajador cuya cotización ante el Seguro Social antes del 1 de julio de 1977, y que solicitan una pensión baja la “Ley de 1973”.
Precisa que la edad máxima para tramitar la modalidad 40 es para quienes cumplen 60 a 64 años de edad por cesantía en edad avanzada, y si se tiene más de 65 años es una pensión por vejez.
En todo caso, deben cumplir con ciertos requisitos como contar con un mínimo de 500 semanas cotizadas en la foja laboral y no haber dejado de cotizar ante el IMSS por más de 5 años continuos.
Si cambia la vida de los pensionados. Como especialista te puedo decir que esta modalidad si cambia la vida de las personas, en su retiro, y también la de sus familias, porque generas una pensión mayor que puedes disfrutar con tus hijos o nietos, con tu dinero, sin necesidad de pedirle apoyos a tu familia.
“Don Pablo llegó a la oficina un día a solicitar su retiro; su salario fue bajo, fue una vida de muchos sacrificios. Y al final pudo hacer un último esfuerzo para pagar la modalidad 40 y ahora recibe una pensión suficiente para disfrutar la vida desde otra perspectiva, más relajada”.
Ahora indica que todo trabajador en edad de retiro, puede obtener semanas de cotización con cada pago que realicen, incluso si dejaron de cotizar anteriormente.
Ello les dará oportunidad de aumentar su promedio salarial y lograr una mejor pensión, si cubre con los requisitos señalados en la Ley del Seguro Social.
Cotización voluntaria. Martínez Castro asegura que se trata de una modalidad especial donde se cotiza de manera voluntaria, sin necesidad de la relación laboral con un patrón, para incrementar los valores para la cotización.
Dice la ley que quien tenga más semanas cotizadas recibirá más pensión. Y lo más interesante es el salario con el cual se va a calcular la prestación legal, es exclusivamente la que se cotiza en las últimas 250 semanas.
100 por ciento efectivo Hay mucha gente que aporta toda su vida con salarios mínimos, medianos, bajitos y ni modo de decirle al patrón que le suba el salario porque se habla de cuestiones ilegales”.
En todo caso subraya que el seguro voluntario es 100 por ciento legal establecido en el artículo 218 de la la Ley del IMSS.
Dice que una persona que cumple los requisitos tener menos 5 años de haber sido dado de baja del último patrón, y haber cotizado por lo menos un año en los últimos cinco, tienen derecho a continuar voluntariamente en ese régimen a través de dicha modalidad, pero con la diferencia que puede escoger con que salarios se quiere registrar par cotizar, siendo legalmente, por lo menos el último que tuvo con el patrón o uno superior a la Ley sin rebasar el tope máximo.
Bajo esta modalidad existen dos formas de inscribirse que son en línea y de manera presencial con la presentación de los documentos necesarios.
Cada corte es distinto, cada persona es diferente, pero como ejemplo podemos decir que una persona de 8 mil pesos puede incrementar a 40 o 60 mil pesos su pensión con todas las de la Ley”.
Reitera que esto es exclusivo para la Ley vieja o derogada del IMSS.
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