Restringe Tribunal Electoral candidatura de Morena

Restringe Tribunal Electoral candidatura de Morena
Miguel Villarello / El Tiempo Monclova

El TEEC dejó firme la medida cautelar de restricción impuesta al candidato de Morena Edgar Sánchez por la presunta comisión de violencia política hacia las mujeres, ya que no vulnera sus derechos electorales.

Saltillo, Coahuila, MÁS. – El Tribunal Electoral de Coahuila avaló y dejó en firme la medida cautelar de restricción impuesta por el Instituto Electoral de Coahuila (IEC), al candidato a la alcaldía de San Pedro, Edgar Gerardo Sánchez Garza, derivada de la denuncia que enfrenta por violencia política hacia las mujeres en razón de género, pues no vulnera sus derechos políticos en materia electoral.

La medida cautelar no incide ni prejuzga la responsabilidad del hoy denunciado por estar enfrentando la investigación, además de que no vulnera sus garantías al debido proceso, trascendió del órgano jurisdiccional en el análisis de la queja.

Hace unos meses una diputada de Morena denunció al hoy candidato por Morena-PT, Edgar Sánchez Garza, por la supuesta comisión de actos constitutivos de violencia política de género, los delitos habrían sido amenazas, acoso y discriminación.

La acusación fue presentada ante el Instituto Electoral de Coahuila (IEC) por la diputada, en funciones en el Congreso local, por lo que el organismo electoral emitió como medida cautelar la restricción e impedir que Sánchez Garza se le acercara, menos tener comunicación, en tanto se abrió una carpeta de investigación.

No obstante, la indagatoria no fue impedimento para que Edgar Sánchez se postulara a la candidatura y por no haber sentencia del caso en enero pasado.

Pero el denunciado sintió vulnerados sus derechos electorales y presentó ante el Tribunal Electoral Estatal una queja por considerar que el IEC lo afectó al fijarle la medida cautelar.

Como resultado el Tribunal Electoral declaró infundados los agravios expuestos por parte de Sánchez garza en el expediente TECZ-JDC-21/2024, ello en “atención a que el dictado de medidas cautelares no constituye una vulneración al debido proceso ni prejuzga sobre la responsabilidad del sujeto denunciado”.

Y concluyó que el acuerdo del IEC está “ajustado a derecho a efecto de prevenir un daño irreparable o una afectación a los principios de la materia electoral”.

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