Pensiones, un derecho incierto de los trabajadores mexicanos
Criselda Farías / El Tiempo de MonclovaLa reciente iniciativa de AMLO para modificar la Constitución incluye el sistema de pensiones con un tope en el monto a recibir de más de 16 mil pesos.
Saber si al final de la vida laboral podrán pensionarse dignamente o las reformas que se indexan a las leyes de pensiones a través del tiempo traen cambios en contra, son dudas que asaltan a todo el sector en edad productiva, jóvenes y de edad mediana, pues las modificaciones a una ley impactan a todos por igual.
Un trabajador sólo puede pensionarse mediante el Seguro Social o por el ISSSTE bajo sus propios lineamientos, donde en la Ley del Seguro Social, coexisten dos esquemas: El régimen de 1973, al que pertenecen los trabajadores legalmente registrados ante el IMSS antes del 30 de junio de 1997; y el régimen de 1997, válido para los asegurados que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997, que por primera vez aplica un nuevo sistema pensionario basado en cuentas individuales gestionadas por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore),
Comparaciones. La diferencia sustancial entre la Ley 73 y la Ley 97 del IMSS radica en el número de semanas necesarias para solicitar la pensión y el monto de la misma. El régimen de 1973 contempla un mínimo de 500 semanas de cotización para obtener una pensión de vejez vitalicia, calculada a través del promedio del salario de los últimos cinco años de cotización. En cambio, la Ley 97, exige tener al menos 800 semanas cotizadas en 2023 para recibir el monto ahorrado durante la vida laboral y contempla tres modalidades de pensión: Retiro programado, renta vitalicia y pensión mínima garantizada. En el 2020 hubo otra reforma a las pensiones, donde lo significativo fue bajar a 750 semanas cotizadas el derecho a jubilarse y la aportación patronal se elevará gradualmente de 5.15 hasta llegar a 13.87.
El retiro programado es mediante la Afore que administra los ahorros del trabajador y el monto dependerá del saldo acumulado en la cuenta, como del rendimiento y la esperanza de vida calculada para el asegurado. La pensión no es vitalicia y termina al agotarse el saldo en la cuenta de ahorro para el retiro. Renta vitalicia, se contrata con una aseguradora y garantiza recibir una pensión vitalicia, cuyo monto depende del saldo acumulado en la cuenta y se ajusta anualmentecon la inflación. Pensión mínima garantizada, Si el ahorro del trabajador es insuficiente para optar por alguna de las opciones anteriores, el Gobierno Federal paga una pensión equivalente a un salario mínimo mensual actualizado anualmente.
Nueva reforma. En la reforma constitucional propuesta por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, el pasado día 5, al artículo 123, se expone que el trabajador pueda recibir una pensión “igual a su último salario, hasta por un monto equivalente al salario promedio registrado en el IMSS”. Esto, siempre que “la pensión que obtengan en términos de la ley sea menor a dicho promedio”. El monto al que hace referencia es de 16.777,80 pesos.
Opiniones. El abogado Miguel Ángel Reyna Adams, señaló que el "tope" a unas pensiones es perjudicial para quienes ganan un salario profesional de 80 a 100 mil pesos, como los doctores y va a afectar el nivel de la sociedad y no es justo, "La pensión debe ser de acuerdo a lo que ganen las personas y sí estoy de acuerdo en que aumente las pensiones mínimas".
Reconoció que la presidencia está haciendo muchas cosas bien, pero en el apartado de las pensiones y el afán de mantener programas de apoyo por becas, pero en esta ocasión, la reforma va a perjudicar. Anahí Ramos, de profesión Radióloga, comentó que lo que sabe de las pensiones es que a ella no le va a tocar más que el monto que tenga ahorrado en el Afore, "Creo que no nos va a tocar nada y ni siquiera aumentan el salario". De 20 años, Andrés Sanmiguel destacó que es mucho lo que invierte una persona en estudiar y prepararse para que al final tenga una pensión raquítica y no haya los recursos suficientes para el sistema de pensiones en México.
Fuente de recursos. La reforma de AMLO contempla la creación de un Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, al inicio, contará con recursos por 64.619 millones de pesos ahorros por la desaparición de instituciones y por la venta de bienes inmuebles en desuso del Gobierno, así como del cobro de adeudos que se haga a entidades de la Administración Pública Federal; del Congreso de la Unión; del Poder Judicial de la Federación; y de los órganos autónomos; así como de las entidades federativas; de los poderes legislativos y judiciales locales; de las administraciones públicas municipales. También contempla los recursos de los fideicomisos que espera quitar al Poder Judicial. El fondo de pensiones también recibiría los recursos derivados de la desaparición de diversos órganos autónomos.
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