Suprema Corte avala derecho de petición a gobiernos en redes sociales

Suprema Corte avala derecho de petición a gobiernos en redes sociales
Redacción / El Tiempo de Monclova.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que los ciudadanos puedan ejercer su derecho de petición a las autoridades, mediante el uso de redes sociales, como Twitter.

En sesión de este miércoles, la Primera Sala del máximo tribunal del país otorgó un amparo al ciudadano Joaquín Rivera Espinosa, quien se quejó contra las autoridades del Ayuntamiento de Guadalajara porque no le respondieron peticiones hecha a través de la red social, sobre el gasto público del municipio gobernado por el emecista, Pablo Lemus Navarro.

“La justicia de la unión ampara y protege a la parte quejosa en contra de los actos omisivos atribuidos al ayuntamiento de Guadalajara, para los efectos precisados en la presente ejecutoria”, determinaron los ministros por unanimidad de votos.

El proyecto de amparo propuesto por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, y avalado por los ministros de la Primera Sala de la SCJN, señala que existe una tendencia gubernamental creciente para utilizar Twitter como medio para difundir de mejor  forma información al público, pero también para captar opiniones sobre cuestiones  de política pública.

Por lo que, “si una autoridad habilita una vía  electrónica -una red social inclusive-, a partir de la cual es posible recibir y responder solicitudes de información, denuncias o cualquier tipo de  planteamientos, nada, en principio, debería impedirle atender aquellas peticiones que fueren de su conocimiento por dicha vía”.

Lo anterior, se detalla en el amparo en revisión 245/2022,  “salvo que, efectivamente, la autoridad competente legislara o  reglamentara el uso de las respectivas plataformas en una forma que resultara compatible con el texto constitucional; lo que podría ocurrir, por ejemplo, si por razones de disponibilidad de personal, de contingencias o cuestiones  técnicas, no fuera posible dar respuesta a las respectivas peticiones; pero  aun así, las respectivas restricciones tendrían que desarrollarse de forma objetiva y ser eventualmente sujetas al respectivo escrutinio constitucional”.

En febrero de 2021, el ciudadano Joaquín Rivera Espinosa  planteó los requerimientos a la cuenta oficial @GuadalajaraGob, del Ayuntamiento de Guadalajara,  de la que no obtuvo respuesta.

Ante ello, promovió un amparo ante el Juzgado Décimo de Distrito en materias Administrativa, Civil y del Trabajo, con sede en Zapopan, mismo que fue desechado.

Por la anterior, Rivera Espinosa recurrió a un Tribunal Colegiado para que revisara el asunto, y los magistrados determinaron turnarlo a la Suprema Corte de Justicia por la trascendencia del tema.

La Primera Sala, integrada por los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo (presidente), Arturo Zaldívar, Ana Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, resolvieron que es factible que Twitter  sirva como medio para acceder a la información en manos de las autoridades mediante el ejercicio del derecho de petición previsto en el artículo 8° de la Constitución.

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