IEC: Se quedarán altos topes de gasto en campaña este 2023
Miguel Villarello / MAS información, El TiempoTribunal Estatal Electoral ratifica el financiamiento de 9 y 10 millones para precampañas y 52 millones para campaña, pese a la decisión de la SCJN.
Por ser una resolución que no tiene retroactividad ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la entregó el 19 de enero al Congreso del Estado, el Instituto Electoral de Coahuila no hará modificaciones en algunos aspectos del proceso electoral, entre ellos el financiamiento a partidos y topes de campaña, fue la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Coahuila.
Esta validación emitida hoy por el TEEC fija los súper topes de precampaña y campaña para los precandidatos y candidatos, los cuales se estimaron entre 9 y 10 millones de pesos y poco más de 52 millones respectivamente. Esas son las cantidades que podrán recibir los partidos políticos de acuerdo con la ley invalidada o declarada nula por la Corte cuyo ordenamiento ordenó una reviviscencia, es decir, el uso de la anterior normativa que, por ejemplo, planteaba topes de campaña mucho más bajos y que ni siquiera llegaba en el caso de candidatura a la gubernatura a los 20 millones de pesos.
Lo anterior derivado de que el proceso local ya cuenta con un avance en algunas actividades, por lo que los acuerdos emitidos por el Instituto Electoral de Coahuila seguirán firmes tal y como lo estipulaba la Ley Electoral recién reformada, pero que fuera invalidada por la Corte a solicitud de una acción de inconstitucionalidad promovida por Morena y la UDC. El magistrado presidente del TEEC, Sergio Díaz Rendón, explicó que con excepción de dos acuerdos emitidos por el IEC relativos a paridad y cuotas para grupos vulnerabilizados, todos los demás acuerdos que emitió el IEC, alrededor de 60, “hasta antes del 19 de enero de este año tienen validez y producirán los efectos correspondientes”.
“Si bien es cierto que la SCJN anuló la normativa sobre la cual se expidieron esas normas, también es cierto que los efectos que la acción de inconstitucionalidad que determinó esto no tiene efectos retroactivos”. “Es decir, el momento en el cual se tienen que contemplar los efectos de la resolución de la Corte es a partir del 19 de enero en adelante".
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