Corte resolverá despenalización del aborto ahora en Chihuahua
Agencias / El Tiempo MonclovaLa SCJN resolverá el miércoles 18 de octubre un amparo presentado contra el Congreso con el que buscan declarar inconstitucional la penalización del aborto
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá el miércoles 18 de octubre un amparo presentado en contra del Congreso y del Gobierno del Estado de Chihuahua, con el que se busca declarar inconstitucional la penalización del aborto en la entidad.
De esta manera, las mujeres y personas con capacidad de gestar que deseen recurrir a esta intervención, así como familiares y personal médico que las asistan, no podrían ser encarceladas por hasta seis años como se contempla actualmente en el Código Penal de la entidad.
El amparo promovido por una persona particular busca que la SCJN invalide parte de los artículos 143, 145 y 146 de la norma mencionada al considerar que vulnera su derecho a la autonomía reproductiva y los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la salud, la no discriminación.
En un primer momento, la quejosa interpuso este recurso ante el Juez Décimo Segundo de Distrito en Materia Penal de Chihuahua, quien inicialmente sobreseyó el asunto.
Al inconformarse con la decisión, la persona tramitó un recurso de revisión ante el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Estado, el cual solicitó que la Suprema Corte se encargará de resolver en última instancia.
Fue así que en febrero de 2023, la Primera Sala de la Corte asumió la competencia del amparo en revisión 666/2023, turnándose al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para su análisis y elaboración del proyecto.
Apenas en agosto de este año, el ministro Alcántara Carrancá también se encargó de un asunto similar, pero en el estado de Aguascalientes, donde bajo su ponencia los ministros de la Primera Sala ordenaron a los legisladores locales derogar las penas de prisión contra las personas que recurran a un aborto.
Similar a aquella ocasión, el proyecto público establece que los diputados y diputadas del estado deberán declarar inválidos los artículos 143, 145 y parte del 146 antes de que finalice el período ordinario de sesiones.
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