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¿Cómo sería el proceso si Sheinbaum pide licencia al cargo como jefa de Gobierno de la CDMX?

¿Cómo sería el proceso si Sheinbaum pide licencia al cargo como jefa de Gobierno de la CDMX?
El Universal / El tiempo Monclova
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Aquí te decimos cómo sería el proceso y quién tomaría su lugar. 

Si la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, solicita licencia para separarse de su cargo al Congreso de la Ciudad de México, este sería el procedimiento que se deberá seguir para nombrar a un sustituto.

Esta licencia podría ser temporal hasta por 30 ó 60 días y el Congreso debe autorizarla. Si es por más tiempo, se consideraría absoluta y el Poder Legislativo local deberá designar a un nuevo jefe o jefa de gobierno.

De acuerdo con el artículo 32 de la Constitución Política de la Ciudad de México, en caso de falta temporal de la o el jefe de gobierno, que no exceda de 30 días naturales, la o el Secretario de Gobierno se encargará del despacho por el tiempo que dure dicha falta. En tanto, cuando la falta sea mayor a 30 días naturales, se convertirá en absoluta.

Asimismo, se señala que cuando la o el jefe de Gobierno solicite licencia para separarse del cargo hasta por 60 días naturales, una vez autorizada por el Congreso, también la o el Secretario de Gobierno asumirá provisionalmente el cargo.

Si estas faltas temporales se convierten en absolutas, el Congreso local deberá nombrar un nuevo jefe o jefa de gobierno. En tanto el Congreso nombra a quien la sustituya, la o el Secretario de Gobierno asumirá provisionalmente el cargo y no podrá remover o designar a las y los integrantes del gabinete sin autorización previa del Congreso.

Dentro de los 15 días siguientes a la conclusión del encargo provisional, deberá entregar al Congreso un informe de labores.

¿Cómo se nombrará al nuevo jefe o jefa de gobierno?

La Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, en su artículo 18, establece que cuando la falta absoluta de la o el Jefe de Gobierno ocurriese en los dos últimos años del período constitucional, como sería en este caso de Claudia Sheinbaum, el Congreso nombrará a la o el sustituto que deberá concluir el período.

Si el Congreso no estuviere en sesiones, como ocurre actualmente, la Comisión Permanente lo convocará inmediatamente a sesiones extraordinarias para nombrar a la o el interino.

Para el nombramiento de la o el Jefe de Gobierno interino se requerirá la votación de las dos terceras partes de las y los diputados presentes en la sesión respectiva.

La Mesa Directiva notificará el nombramiento a la o el ciudadano nombrado como Jefe de Gobierno interino y le citará a la brevedad para rendir la Protesta constitucional ante el Pleno en sesión extraordinaria del Congreso.

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