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Suprema Corte analiza caso expuesto en el recién documental 'Duda Razonable', de Netflix

Suprema Corte analiza caso expuesto en el recién documental 'Duda Razonable', de Netflix
Redacción / El Tiempo de Monclova.
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De acuerdo a lo expuesto en el documental, el caso en el que cuatro hombres (uno ya en libertad) fueron acusados de secuestro, además de que refleja fallas en el sistema penal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continuará con el estudio del caso de los involucrados que se dio a conocer  en documental Duda Razonable por el delito de secuestro en Tabasco ocurrido en 2015.

Cuatro hombres (uno ya en libertad) fueron acusados de secuestro, pero el caso refleja fallas en el sistema penal que se muestran en el documental Duda Razonable que se estrenó el 23 de noviembre en Netflix.

Los ministros de la SCJN discutieron una propuesta para ampararlos y concederles su libertad, en la próxima audiencia continuarán analizando el caso. 

El ministro ponente, Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena, consideró que las violaciones son graves, que no es viable reponer el proceso y planteó otorgar un amparo liso y llano para revocar las  sentencias en su contra y dejarlos en libertad.

Juan Luis, Gonzalo y Héctor están detenidos cumpliendo una sentencia de 50 años de prisión por probable delito de secuestro, aunque no existen pruebas en su contra.

Durante su intervención la ministra, Norma Lucía Piña Hernández, dijo que comparte la procedencia del amparo y que encontraba plausibles los esfuerzos argumentativos.

“Sin embargo...respetuosamente considero que se basan en premisas que me llevan a no compartir la propuesta”, manifestó.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, expresó que la defensa, seguramente, por estrategia decidió no apelar en aras de obtener el beneficio del tratamiento en libertad para alcanzar este beneficio decidieron  no apelar.

El ministro, Alberto Gelacio Pérez Dayán, expresó que no coincide con la sugerencia que hace el proyecto de que una sentencia condenatoria no es digna de combatirse.

“El particular está obligado a combatir los actos de autoridad con los que no esté de acuerdo…  el Código Nacional de Procedimientos Penales prevee el recurso de apelación, la Constitución y la Ley de Amparo son un presupuesto de procedencia del juicio de amparo.

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