Personas sin vacunas serán demandadas al exponer a COVID-19
Mariela Pulgarin / El Tiempo Piedras NegrasSi hay una enfermedad endémica, y no te aplicas la vacuna pones en riesgo a la empresa.
La persona que no se vacuna o cumple medidas sanitarias y expone a los demás, la tiene de perder ante ley, pues puede ser demandado por lo civil y también despedido de su trabajo ya que se prioriza la seguridad colectiva, explicó el abogado experto en derecho laboral, Isidro Vargas Campos, al señalar que se puede abogar por la reparación de daños morales o lucro cesante.
Legislación. Se puede demandar por derecho civil a la persona que no se vacuno y contagió a terceros, expuso el litigante, ex presidente de la Junta Local, “La legislación ha estado cambiando, por ejemplo, le puedo decir a mi compañero: si tú me contagias yo te voy a demandar por una reparación de daño, por todo el tiempo que voy a dejar de trabajar y reparación de daño moral porque también puedo contagiar a mi familia”, explicó.
Contrato Laboral. Incluso el patrón puede actuar bajo el artículo 47 de la Ley federal del Trabajo para rescindir el contrato sin responsabilidad para este por causa de que el trabajador no quisiera vacunarse, y aunque no especifica con claridad, en XV señala por todas las análogas a las anteriores, y de esta manera aplica, enfatizó Vargas
Campas. Sin embargo, aunque sea la causal para rescindir el contrato del trabajador, se requiere acreditar que puede generar este tipo de riesgo y sus consecuencias. Si hay una enfermedad endémica, y no te aplicas la vacuna pones en riesgo a la empresa, sobre todo si se están elaborando productos alimenticios, restauran o producen bebidas envasada o enlatadas, entre otros giros. El trabajador tiene derecho a demandar, pero tendría que probar que no pondría en riesgo a toda la comunidad o trabajadores, señaló el abogado.
Crear conciencia. Es importante determinar qué es lo primero, el derecho individual o colectivo, que en este caso va en preferencia el colectivo sin sobrepasar los demás derechos. Considerando que hay personas que trabajan en una empresa que no toma medidas para que el compañero se proteja con la vacunación o el uso de cubrebocas, quizás no puedan hacer mucho, pero si cuenta con un segundo trabajo (actividad individual) y sale contagiado, puede meter demanda. “Yo te voy a demandar por “el lucro cesante”, o sea lo que yo dejo de ganar porque tú me contagiaste claro esa demanda se iría por la vía civil, y procedería perfectamente.
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