Impone PRI mayoría para aprobar Ley de Pensiones

Impone PRI mayoría para aprobar Ley de Pensiones
Miguel Villarello/ El Tiempo de Monclova

El Congreso, por mayoría priista, aprobó la reforma a la ley de pensiones de los trabajadores de la educación

Saltillo, Coah.- La mayoría priísta en el Congreso de Coahuila se impuso para aprobar la nueva Ley de Pensiones para los Trabajadores de la Educación Pública, pese a las peticiones infructuosas de diputados de oposición para incorporar modificaciones en varios artículos.

Entre las controversias que expusieron los diputados de las diversas fracciones partidistas por esta nueva ley se establecieron el quebranto a los fondos de pensiones de los docentes, que nada más regirá para los afiliados a la Sección 38 del SNTE y las universidades Agraria Antonio Narro y Autónoma de Coahuila, la necesidad de modernizar los servicios de salud y vivienda y algunos de los artículos reformados de la misma normativa.

El dictamen derivó fde una iniciativa de reforma presentada por el Gobernador al Congreso y con ella se reformaron las fracciones V y IX del Artículo 3, dos párrafos de la fracción IV del Artículo 11, varias fracciones del 11 BIS, el primer párrafo del Artículo 14, del 21, el segundo párrafo del Artículo 22, el Artículo 51, el segundo párrafo del Artículo 58, el cuarto párrafo del Artículo 61, los artículos 67, 70, 71, 72 y 73; varios párrafos del 81; el 91, se adicionó la fracción IV BIS al Artículo 3, el Artículo 15; la fracción III BIS al Artículo 46.

Entre los artículos controversiales está el 11, que fue debatido porque la ley establece que “los gastos de administración de la Dirección de Pensiones se harán con cargo al fondo global de cada una de las Cuentas Institucionales respectivamente”.

Otro artículo fue el 11BIS que habla de las aportaciones que deberán hacer los trabajadores del sistema educativo, principalmente los de la Sección 38 del SNTE, que se niveló en un 10 por ciento de sus percepciones totales como concepto de aportación para su retiro o pensión, según sea el caso y, ya sea, por retiro por edad y antigüedad en el servicio.

Mientras, el Artículo 70 habla de que “tienen derecho a recibir la pensión de retiro por edad y antigüedad en el servicio aquellos trabajadores que cuenten con al menos 30 años de servicio y 65 años de edad; el Artículo 71 dicta que el monto de la pensión garantizada por retiro por edad y antigüedad en el servicio se calculará en base al sueldo regulador; este último se calculará como el promedio ponderado de los sueldos pensionables de los últimos 5 años de servicio previa actualización mediante el índice Nacional de Precios al Consumidor.

A su vez el Artículo 72 dice que: “Los trabajadores que tengan cuando menos 60 años y al menos 15 años de cotizar al sistema pensionario previsto en esta ley, tendrán derecho a recibir la pensión por retiro anticipado”.

“El monto de la pensión por retiro anticipado será la renta vitalicia que se calcule a la fecha de la solicitud de pensión, considerando el saldo acumulado en la subcuenta de aportaciones obligatoria a que se refiere el artículo 88 y que está sujeta a lo establecido por el artículo 91 de esta ley”.

Y mientras que el documento no contiene el Artículo 88, el 91 dice textualmente: “El trabajador que adquiera el derecho a disfrutar una pensión de retiro por edad y antigüedad en el servicio o cualquier otra prestación señalada en esta ley previo cumplimiento de los requisitos establecidos para estos efectos, recibirá una renta vitalicia”.

La cual es el contrato por el cual la Dirección a cambio de recibir los recursos acumulados en la Cuenta Individual se obliga a pagar periódicamente de conformidad al cálculo actuarial una pensión durante la vida del beneficiario y/o para sus beneficiarios con todas sus prestaciones incluyendo la gratificación de fin de año en la forma y términos a que se refiere esta ley”.

Así las cosas, los 8 diputados de oposición, minoría contra los 16 de mayoría todos del PRI, a pesar de haber debatido en tribuna y desde sus curules la modificación de algunos de estos artículos por considerarlos lesivos a la vida laboral del gremio educativo, no fueron suficientes y la mayoría se impuso.

La votación fue de 17 a favor de aprobar la ley de pensiones en lo general contra 4 en contra.

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