Fiscalía asegura viviendas, pero deja a perros encerrados en Neza

Fiscalía asegura viviendas, pero deja a perros encerrados en Neza
AGENCIAS / EL TIEMPO

Un juez de distrito ordenó al presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, y a la Secretaría de Salud federal que vacune contra el Covid-19, de manera inmediata, a 16 niñas y niños zapotecas de entre 5 a 12 años, en Unión Hidalgo, región Istmo de Tehuantepec.


Edward Regalado, abogado de la firma que acompaña a padres y madres de familia, dijo a EL UNIVERSAL que esta resolución es una respuesta al amparo presentado el 28 de marzo pasado para lograr la vacunación de sus hijos.


De esta manera, el Juzgado Séptimo de Distrito, con sede en Salina Cruz, especifica en su orden que a todas y cada una de las autoridades federales, como la Presidencia de la República, la Secretaría de Salud, la Subsecretaría de la Prevención y Promoción de la Salud (SPPS) y el Instituto Nacional de la Salud Pública (INSP) se les reclama de manera genérica la omisión de contemplar a los  menores de edad en la estrategia nacional de vacunación contra del virus SARS-CoV-2.


Además, establece que como consecuencia de no tomar acciones reales y eficaces para que sea posible aplicar a los menores dicha vacuna, constituye un acto que pone en peligro la vida de las niñas y niños.


"Lo anterior, tomando en consideración que los casos de Covid-19 en menores de edad han aumentado exponencialmente, sobre todo a raíz de la nueva variante Omicron y que el regreso a clases presenciales es una realidad.


"Además de que dicha vacuna ya fue autorizada por Cofepris, concretamente con la vacuna de la marca Pfizer, y que en diversas jornadas de vacunación que se han sucedido en el país se ha aplicado la vacuna de la marca referida", expusieron en el amparo los padres de los 16 niños. 


Al respecto, la parte quejosa solicitó  al juez que se les conceda como medida cautelar la orden para que las autoridades responsables apliquen inmediatamente a los menores la vacuna Pfizer en contra del Covid-19, tomando en consideración el grave peligro que corre su vida ante la enfermedad, ya que en caso de contagiarse su salud se complicaría demasiado.


Bajo esas premisas y con fundamento en los artículos 126 y 127, fracción II de la Ley de Amparo, el juzgado concedió la suspensión de oficio y de plano, ordenando al Presidente de México que a cada uno de los niños de entre 5 y 12 años de edad descritos en el amparo, se les aplique la vacuna inmediatamente.

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