Panista recuerda palabras de AMLO por desafuero
El Universal / El Tiempo de MonclovaNo olviden que todavía falta que a ustedes y a mí nos juzgue la historia
CIUDAD DE MÉXICO,- Durante el debate por el juicio de desafuero al gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, el diputado panista José Elías Lixa Abimerhi citó al hoy presidente Andrés Manuel López Obrador cuando enfrentó el mismo juicio en 2005.
"No olviden que todavía falta que a ustedes y a mí nos juzgue la historia", dijo el panista, quien le recordó al morenista Pablo Gómez, que él fue uno de los principales defensores de López Obrador en aquel momento, cuando AMLO era jefe de Gobierno en el Distrito Federal.
Previamente, el PAN en la Cámara de Diputados pidió una moción suspensiva para evitar la discusión del dictamen de desafuero en contra del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, misma que fue rechazada.
El diputado José Elías Licea (PAN), subió a tribuna en donde exclamó que la sesión de este viernes, en donde el pleno es Juez de Procedencia, resulta una vergüenza que además tiene fines electorales.
Chocan por desafuero de García Cabeza de Vaca
"Dejaron de optar por procesos de justicia para ir por un circo mediático y nulificación. Gritan porque no tienen ideas, no han leído lo que van a aprobar, son una franca vergüenza", subrayó.
Durante su intervención, el presidente de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados, Pablo Gómez (Morena), aceptó que no hay elementos suficientemente fuertes para considerar que los recursos que llegaron a poder del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca (inculpado), fueran producto de delitos, aunque tampoco, dijo, puede existir la convicción de que no lo sean.
Al comparecer ante el pleno de la Cámara de Diputados, erigido como Jurado de Procedencia para desahogar el desafuero del mandatario estatal, Pablo Gómez dijo que el tercer delito imputado, la defraudación fiscal equiparable, "se deriva de una compulsa entre los ingresos del denunciado y su declaración fiscal. La diferencia en favor del causante es la conducta ilícita misma, la cual se considera que no puede ser de naturaleza puramente culposa sino dolosa".
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