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Admiten acciones de inconstitucionalidad contra desaparición de Iaipo

Admiten acciones de inconstitucionalidad contra desaparición de Iaipo
EL UNIVERSAL / El Tiempo de Monclova
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La Corte aceptó también la acción de inconstitucionalidad en contra de la remoción de los actuales comisionados para nombrar a cinco nuevos.

OAXACA, Oax.,- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió las acciones de inconstitucionalidad contra las reformas aprobadas por la 64 Legislatura del Congreso de Oaxaca, con las que desaparecieron el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Oaxaca (Iaipo) para crear otro organismo, con nuevas atribuciones.

Estas acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas por los comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) y por los ahora ex comisionados del Iaipo, cuya desaparición se concretó la semana pasada con el nombramiento de cinco nuevos comisionados.

Las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas específicamente en contra de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, aprobada por los legisladores locales.

Según los comisionados del Inai y del Iaipo, esta ley es una regresión en materia de transparencia por considerar que contraviene distintas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y atenta contra los derechos de acceso a la información y protección de datos personales.

Entre sus argumentos están el que los diputados de la 64 Legislatura del Congreso del Estado ampliaron de cinco a 10 años el periodo de reserva de información. Es decir, el doble de tiempo establecido en la Ley General de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, así como en las legislaciones del resto de las entidades federativas.

Lo segundo que consideran inconstitucional es la creación de un observatorio ciudadano dentro del Iaipo, así como las facultades fiscalizadoras que otorgan a este observatorio; mismas que le corresponden al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca (OSFEO), a la Secretaría de la Contraloría y al órgano de control interno del mismo Iaipo.

Y finalmente, la Corte aceptó también la acción de inconstitucionalidad en contra de la remoción de los actuales comisionados para nombrar a cinco nuevos, bajo el argumento de que el Inai "defiende la inamovilidad de los nombramientos que se extienden a partir de procesos de selección".

Una vez admitidas las acciones de inconstitucionalidad, la SCJN ordenó notificar a los poderes Legislativo y Ejecutivo de Oaxaca, para que rindan su informe dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación.

"En esta lógica, se requiere a las citadas autoridades estatales para que, al presentar su informe, señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad; apercibidas que, de no hacerlo, las subsecuentes se les harán por lista, hasta en tanto cumplan con lo indicado".

De la misma manera requirió a los poderes Legislativo y Ejecutivo de Oaxaca, por conducto de quien legalmente los representa, para que al rendir el informe solicitado, envíen a la SJCN copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada, así como un ejemplar del Periódico Oficial de la entidad; o bien, copia del documento atinente donde conste su publicación, debidamente certificada y suscrita por el servidor público facultado para tales efectos y de conformidad con la legislación estatal aplicable.

En caso de no cumplir con estos requirieron, advirtió que se les aplicará una multa. Y pidió notificar a la Fiscalía General de la República para que, hasta antes del cierre de instrucción, manifieste lo que a su representación corresponda; igualmente, a la Consejería Jurídica del Gobierno Federal, con la finalidad de que, "si considera que la materia de las presentes acciones de inconstitucionalidad trasciende a sus funciones constitucionales, manifieste lo que a su esfera competencial convenga".

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