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Padres podrán elegir el orden de apellidos de sus hijos

Padres podrán elegir el orden de apellidos de sus hijos
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AGENCIAS / EL TIEMPO

OAXACA, OAXACA

Integrantes de la 63 Legislatura, aprobaron reformas al Código Civil del estado, que garantizan la libertad del padre y la madre, de elegir el orden de los apellidos de sus hijos.

Por unanimidad, el pleno del Congreso avaló la propuesta de decreto promovida por los integrantes de la Comisión

Permanente de Administración de Justicia para reformar los artículos 67, la fracción quinta del artículo 68; y adicionar un segundo párrafo al artículo 69 y al 72 del Código Civil.

Durante el periodo de solicitud del voto para avalar el decreto, el coordinador de la fracción PAN, Juan Mendoza Reyes destacó que “una de las decisiones más importante para el núcleo familiar, en particular, para el padre y la madre, consiste en determinar el nombre de sus hijos”.

Los padres tienen el derecho de nombrar a sus hijos sin injerencias arbitrarias del Estado, y esta garantía no sólo implica el elegir el nombre, sino establecer el orden de sus apellidos.

Privilegiar el apellido paterno persigue mantener concepciones y prácticas discriminatorias en contra de la mujer”, asentó.

De acuerdo con el legislador panista es inaceptable desde el derecho a la igualdad de género, dejar en segundo lugar el apellido de la madre.

El derecho a la igualdad está reconocido en el artículo 4° de la Constitución, y artículos primero de la Convención para la Eliminación de la Violencia en contra de la Mujer; tercero del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos; primero de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de manera general, y específicamente, en el artículo sexto de la Convención Belem do Pará”, indicó.

En opinión de Mendoza Reyes “el reconocimiento constitucional de este derecho, apuntó, tiene como objetivo reafirmar el igual valor y dignidad de la mujer con respecto al hombre, por lo que ésta tiene derecho a intervenir en condiciones de equidad en todas las relaciones sociales, laborales y familiares en las que participe.

Ni los roles, costumbres o prejuicios deben servir de pretexto para negarle el ejercicio de algún derecho”, concluyó.

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