VANGUARDIA / EL TIEMPO
CIUDAD DE MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que Ricardo Anaya incurrió en una sobre exposición por aparecer en los spots del PAN en su calidad de dirigente nacional en donde acusa una campaña de desprestigio en su contra.
Por mayoría de votos, la Sala Superior revocó la sentencia de la Sala Especializada y ordenó sancionar al partido, al concluir que en su promocional no se difundió propaganda política ni electoral.
Por el contrario, el partido y su entonces dirigente, utilizaron los tiempos del estado para descontextualizar decisiones judiciales, para dar cuenta de información periodística publicada por el periódico El Universal, el 23 de agosto de 2017.
Ante ello, se determinó que el partido incurrió en el uso indebido de la pauta a la par de que faltó a dos principios fundamentales: cuidar la información y proteger la labor periodística.
En su oportunidad la magistrada presidenta, Janine Otálora Malássis recordó que los partidos tienen una obligación de proteger la labor periodística y la libertad de expresión las cuales gozan de una protección especial.
“Si bien es válido que incluyan en sus promocionales contenidos noticiosos generados y difundidos por medios de comunicación, lo que no está permitido es que tales contenidos sean manipulados”, dijo la magistrada presidenta.
No obstante, los magistrados desestimaron los agravios de El Universal, al señalar que el contenido del spot viola sus derechos de propiedad intelectual y de autor, ya que se hace referencia a una nota publicada por dicho diario, así como a la resolución que emitió una autoridad jurisdiccional por una demanda por el contenido.