AGENCIAS / EL TIEMPO
CD. DE MÉXICO.- Las personas físicas, tendrán un respiro en el pago de sus impuestos a partir de 2018, pues los diputados ratificaron antier, que el impuesto al ingreso, o sobre la renta (ISR), tendrá una modificación.
Este plan viene desde la Reforma Hacendaria de 2014, y ahora los diputados, lo están confirmando en la ley para el próximo año. En el Dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación 2018, la Comisión de Hacienda de la cámara baja, refirió que la tarifa aplicable a las personas físicas en la Ley del ISR, deberá actualizarse a partir del 1 de enero de 2018 por las autoridades fiscales.
Como lo publicó El Financiero previamente, por Ley, cuando la inflación acumulada es mayor a 10 por ciento por un periodo de tiempo, se deben ajustar las tarifas para el cálculo de este impuesto.
Esta acción beneficiará a la mayoría de los empleados, pues con el ajuste por la inflación, se pagarán menos impuestos al ingreso, favoreciendo en especial a quienes ganan menos, explicó Juan Manuel Franco, del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP). Un ejercicio realizado por El Financiero, muestra que con el ajuste a las tarifas por la inflación, el pago de impuestos, se reduce en todos los niveles de ingreso, beneficiando en mayor proporción a los empleados de menor ingreso.
Un empleado que gana 10 mil pesos al mes, por ejemplo, pagaría 12 por ciento menos en 2018. “En la Reforma Fiscal, se estableció que cuando la inflación acumulada supere el 10 por ciento, a partir de diciembre de 2013, deberán actualizarse las tarifas para el cálculo del ISR”, indicó Jorge García, socio de impuestos de EY. La inflación en México, se situó entre diciembre de 2013 y enero pasado, en 11.74 por ciento, por lo que el cambio a las tarifas debería ocurrir de forma automática en enero de 2018, agregó.
Por ejemplo:
EL MECANISMO La Ley de ISR. determina en el artículo 152 que las tarifas para calcular el impuesto se deben ajustar cuando la inflación acumulada supere el 10 por ciento.
La regla indica que se aplicará un factor a los renglones (límite inferior, superior y cuota fija) de la tabla del impuesto, el cual resulta de dividir el índice de precios de diciembre del año en que se da la referida acumulación en los precios (2017), entre el mes en que sucedió la última actualización (2004), aunque con la Reforma Fiscal se cambió este último periodo por diciembre de 2013.
El menor pago ocurre, al reducirse el impuesto marginal a pagar y en algunos casos, cuando se pasa al renglón o ‘bracket’ inmediato anterior, que cobra una tasa más baja. Además, quienes ganan menos de tres salarios mínimos o 7 mil 382 pesos al mes (8 mil 618 pesos en 2018 con la actualización), cuentan con un subsidio al empleo.