— Agencias 08/11/2026
Una iniciativa presentada en el Congreso capitalino plantea sanciones de cinco a 12 años de prisión para quienes utilicen electricidad robada en operaciones de minería digital.
El robo de electricidad para operar equipos dedicados a la minería de criptomonedas podría castigarse con penas de cinco a 12 años de prisión, de acuerdo con una iniciativa presentada ante el Congreso de la Ciudad de México que busca modificar el Código Penal Federal.
La propuesta fue impulsada por el diputado de Morena, Alberto Martínez Urincho, y plantea incorporar un delito específico para sancionar el aprovechamiento ilegal de energía eléctrica en centros de procesamiento digital y operaciones relacionadas con activos virtuales.
El proyecto también contempla multas de mil a 3 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), así como el decomiso de los equipos utilizados para cometer el ilícito.
Sin embargo, la iniciativa todavía no ha sido aprobada. Primero deberá ser analizada y votada por el Congreso capitalino y, si obtiene el respaldo necesario, enviada al Congreso de la Unión para continuar el procedimiento legislativo federal.
¿Quiénes podrían recibir hasta 12 años de prisión por robar electricidad?
La iniciativa propone adicionar el artículo 368 Sextus al Código Penal Federal para sancionar a quienes utilicen, aprovechen, comercialicen, trafiquen o alteren, sin derecho, energía eléctrica proveniente de las redes del Sistema Eléctrico Nacional.
La disposición estaría dirigida a quienes utilicen electricidad de manera ilegal para alimentar, operar o mantener infraestructura tecnológica destinada a la minería de activos virtuales, el procesamiento masivo de datos o la resolución de algoritmos criptográficos.
Además de las penas de prisión y las multas, el proyecto contempla incrementar las sanciones hasta en 50% cuando se presenten determinadas circunstancias agravantes.
Entre ellas se encuentran las conexiones directas a líneas de media o alta tensión o a infraestructura de transformación de la red eléctrica; provocar interrupciones o alteraciones sustanciales en el suministro, distribución o calidad del servicio, y operar equipos informáticos o centros de procesamiento digital de manera clandestina.
Si se aprueba ese incremento, la pena máxima podría llegar a 18 años de prisión.
La propuesta también contempla que los jueces ordenen el decomiso de los instrumentos, objetos o productos relacionados con el delito. En cuanto a los activos virtuales obtenidos mediante esas operaciones, se aplicarían las disposiciones legales correspondientes.
¿Por qué buscan castigar el robo de electricidad para minar criptomonedas?
Uno de los argumentos de la iniciativa es el elevado consumo energético de los equipos utilizados para generar criptomonedas.
La minería digital consiste en emplear dispositivos informáticos especializados para resolver operaciones matemáticas y validar transacciones en determinadas redes de activos digitales, a cambio de posibles recompensas.
Estos equipos requieren electricidad para realizar los cálculos, pero también para mantener en funcionamiento los sistemas de ventilación y refrigeración que evitan su sobrecalentamiento.
De acuerdo con los datos citados por Martínez Urincho, una máquina minera moderna puede consumir aproximadamente 3.5 kilovatios de potencia, lo que equivale a unos 84 kilovatios-hora de energía al día si permanece encendida de manera continua.
El legislador también expuso cifras de CFE Distribución correspondientes al periodo de enero a julio de 2024. En esos siete meses, las pérdidas no técnicas asociadas con robos de electricidad, alteraciones de medidores y conexiones ilegales alcanzaron aproximadamente 6 mil 346 gigavatios-hora (GWh), con un valor comercial estimado en 13 mil 800 millones de pesos.
Estas cifras corresponden a distintas modalidades de pérdidas eléctricas y no exclusivamente al consumo ilegal relacionado con la minería de criptomonedas.
La iniciativa también señala que la minería de activos virtuales no está prohibida por sí misma en México. El objetivo es establecer sanciones específicas para quienes recurran al aprovechamiento ilícito de electricidad para desarrollar esa actividad.
¿Qué falta para que la reforma sea aprobada a nivel federal?
Aunque la iniciativa fue presentada ante el Congreso de la Ciudad de México, busca modificar el Código Penal Federal, una norma de aplicación nacional. Por ello, su eventual aprobación en el ámbito local no sería suficiente para que las sanciones entren en vigor.
El artículo 71 de la Constitución establece que las legislaturas de los estados y la de la Ciudad de México tienen facultad para presentar iniciativas ante el Congreso de la Unión.
De acuerdo con el procedimiento planteado, el proyecto deberá pasar por distintas etapas. La iniciativa fue turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso capitalino, que deberá analizarla y elaborar un dictamen.
Si obtiene un dictamen favorable, será sometida a discusión y votación del Pleno local. En caso de ser aprobada, podrá enviarse al Congreso de la Unión para su revisión.
En el ámbito federal, el proyecto deberá ser turnado a las comisiones correspondientes y discutido en las cámaras legislativas. Para modificar el Código Penal Federal tendrá que ser aprobado tanto por la Cámara de Diputados como por el Senado, conforme al procedimiento establecido en el artículo 72 constitucional.
Una vez concluido ese proceso, el decreto deberá seguir los trámites constitucionales de promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación. Su entrada en vigor dependerá de lo establecido en los artículos transitorios.
Al tratarse de una reforma a una ley federal y no de una modificación constitucional, no requiere la aprobación de los congresos de las 32 entidades federativas.
Por ahora, la propuesta permanece en etapa de análisis en el Congreso capitalino y no existe una fecha definida para su eventual aprobación o entrada en vigor.
¿Actualmente es delito robar electricidad en México?
Sí. El Código Penal Federal ya contempla el uso ilegal de energía eléctrica como una conducta equiparada al robo.
El artículo 368, fracción II, establece que se equipara al delito de robo el uso o aprovechamiento de energía eléctrica, magnética o electromagnética, entre otros recursos, sin derecho y sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de ellos.
La diferencia es que la iniciativa busca incorporar un supuesto específico para el aprovechamiento ilícito de electricidad destinado a operar infraestructura de minería de criptomonedas y procesamiento digital, con penas expresamente establecidas y circunstancias agravantes.
Por lo tanto, la propuesta no pretende convertir en delito la minería de criptomonedas, sino establecer castigos particulares para quienes desarrollen estas actividades mediante el uso ilegal del suministro eléctrico.
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