IMSS establece medidas temporales para la Modalidad 40

— Agencias 21/10/2026

El IMSS mantendrá temporalmente las condiciones de la Modalidad 40 y evaluará su impacto financiero antes de proponer posibles cambios a la normativa.

El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) estableció medidas temporales para la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, conocida como Modalidad 40, y ordenó realizar un análisis sobre su impacto en las finanzas del organismo.

De acuerdo con el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Dirección de Finanzas, a través de la Unidad de Riesgos Financieros y Actuariales, tendrá un plazo máximo de seis meses para evaluar el efecto financiero de esta modalidad.

Posteriormente, la Dirección Jurídica contará con hasta otros seis meses, a partir de la recepción de los resultados, para coordinar una propuesta de modificación a la normativa aplicable. El objetivo será establecer condiciones que permitan mantener la Continuación Voluntaria como una modalidad viable en el mediano y largo plazo.

¿Qué pasará con quienes ya tienen Modalidad 40?

Las personas que ya estén inscritas cuando entre en vigor el acuerdo mantendrán las condiciones actuales hasta concluir el periodo que hayan contratado.

Quienes terminen ese periodo o busquen conservar derechos para efectos pensionarios podrán solicitar nuevamente su incorporación a la Continuación Voluntaria.

En esos casos, el salario base de cotización será el último registrado al momento de causar baja del régimen obligatorio, o podrá ser hasta ese monto más una UMA. El salario utilizado para la incorporación no podrá ser inferior al salario mínimo general vigente para el resto del país.

Los nuevos aseguramientos tendrán efectos únicamente a partir de la fecha en que se presente la solicitud.

Modalidad 40 no desaparece de inmediato

El acuerdo no establece una desaparición inmediata de la Modalidad 40. En cambio, plantea una revisión de su situación financiera y la elaboración posterior de una propuesta normativa.

El IMSS también mantiene la posibilidad de que las personas se incorporen voluntariamente al régimen obligatorio como trabajadoras independientes.

Sin embargo, quienes estén inscritos o se incorporen a la modalidad prevista en la fracción I del artículo 13 de la Ley del Seguro Social no podrán contratar simultáneamente la Continuación Voluntaria.

Esa modalidad permite conservar las prestaciones correspondientes al Seguro de Enfermedades y Maternidad.

Inscripción será mediante mecanismos digitales

El acuerdo también establece cambios en el procedimiento de incorporación. Las direcciones de Incorporación y Recaudación y de Innovación y Desarrollo Tecnológico deberán adaptar los procesos y sistemas para que la inscripción se realice únicamente mediante mecanismos digitales.

Los sistemas deberán garantizar la trazabilidad y consistencia de los registros afiliatorios.

Además, el IMSS deberá establecer un canal de atención para analizar casos especiales relacionados con la aplicación de las nuevas disposiciones.

Se respetarán derechos pensionarios

Las personas que ya estén inscritas en la Modalidad 40 cuando entre en vigor el acuerdo conservarán el reconocimiento de las semanas y salarios cotizados efectivamente pagados.

Estos registros mantendrán sus efectos para el cálculo de los futuros derechos pensionarios, conforme a las condiciones establecidas en el acuerdo.

La disposición entrará en vigor el 22 de octubre de 2026, un día hábil después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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