— Agencias 06/10/2026
La SCJN validó el mecanismo del INE para evaluar voluntariamente posibles riesgos de aspirantes y prevenir candidaturas vinculadas con actividades delictivas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el mecanismo que permitirá al Instituto Nacional Electoral (INE) realizar evaluaciones de riesgo sobre aspirantes a cargos de elección popular, con el objetivo de identificar posibles vínculos con actividades delictivas.
SCJN valida mecanismo de integridad para candidaturas
El Pleno de la SCJN dio un revés a la impugnación presentada por el PRI y avaló la nueva Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas del INE.
El proyecto, elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, determinó que el mecanismo establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en Materia de Integridad de Candidaturas es constitucional.
La comisión podrá recibir, de manera voluntaria y confidencial, información de personas aspirantes que acepten someterse a una evaluación de riesgo. Para ello, se contempla la participación de autoridades de seguridad y de inteligencia financiera.
¿Qué hará la comisión del INE?
La finalidad del mecanismo será proporcionar información a partidos políticos y candidaturas independientes para que cuenten con mayores elementos al momento de decidir sus postulaciones.
La ministra Loretta Ortiz explicó que la evaluación no constituye un requisito adicional de elegibilidad y tampoco condiciona el registro de una candidatura.
Por ello, identificar un posible riesgo relacionado con una persona aspirante no impedirá automáticamente que sea registrada ni obligará a un partido político a retirar una postulación.
La evaluación será preventiva e informativa
La SCJN determinó que el mecanismo tiene una finalidad preventiva e informativa, por lo que no interviene directamente en la decisión de los partidos sobre quiénes pueden ser postulados.
Además, cada fuerza política podrá decidir si somete sus listas total o parcialmente a este procedimiento. Las personas aspirantes también deberán expresar su consentimiento para que su información sea evaluada.
La resolución señala que la participación de autoridades financieras y de seguridad en el proceso no vulnera la autonomía electoral ni invade las atribuciones de los organismos públicos locales electorales.
Comisión del INE no determina responsabilidad penal
Uno de los puntos destacados por la SCJN es que la identificación de un “riesgo razonable” no equivale a una acusación ni a una sentencia.
La evaluación tampoco podrá interpretarse como una declaración de responsabilidad penal, por lo que deberá respetarse el principio de presunción de inocencia.
La Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas, presidida por el consejero Arturo Chávez, quedó formalmente instalada el 7 de septiembre de 2026.
PRI impugnó la creación de la comisión
El PRI, encabezado por el senador Alejandro Moreno Cárdenas, cuestionó la creación del mecanismo ante la posibilidad de que afectara la autonomía electoral y el tratamiento de datos personales.
Sin embargo, al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 84/2026, la SCJN determinó que los argumentos presentados contra la comisión eran infundados.
Con esta resolución, el INE podrá continuar con el mecanismo de evaluación de integridad de candidaturas bajo las condiciones establecidas por la legislación, manteniendo su carácter voluntario, confidencial, preventivo e informativo.
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