— Daniela Cordova 11/09/2026
Fallo de la Corte abre una nueva discusión sobre el autoconsumo de cannabis en alimentos preparados en Monclova.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Cofepris deberá otorgar permisos de autoconsumo lúdico de cannabis que permitan utilizarlo en alimentos preparados y semipreparados, una decisión que pone el tema nuevamente sobre la mesa en Monclova, donde ya opera un establecimiento dedicado a productos derivados del cannabis.
Se trata de la tienda Greens, ubicada sobre el bulevar Harold R. Pape, establecimiento permitido por las autoridades que ofrece productos derivados del cannabis, entre ellos gomitas, galletas, porros prearmados y frascos de cogollo.
Una resolución que cambia las reglas.
El fallo surgió a partir del caso de una persona que solicitó ante Cofepris un permiso para autoconsumo recreativo de marihuana. La autorización fue concedida, pero con la restricción de no utilizar el cannabis en alimentos preparados o semipreparados. Ante esa limitación, la persona presentó un recurso de inconformidad. El Pleno de la SCJN resolvió el caso por siete votos contra dos y determinó que Cofepris no podía imponer esa restricción en los términos en que lo hizo.
El permiso es para autoconsumo.
La resolución ordena a Cofepris expedir el permiso correspondiente conforme a las restricciones establecidas previamente por la Corte para el autoconsumo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) con fines recreativos. Esto significa que el fallo no representa una autorización general para que cualquier negocio pueda vender alimentos preparados con cannabis, sino que se refiere a permisos individuales de autoconsumo.
Greens, en el panorama local.
En Monclova, la existencia de Greens coloca el tema en un contexto más cercano para los consumidores, al tratarse de un establecimiento que ofrece distintos productos derivados del cannabis.La resolución nacional podría generar mayor atención sobre este tipo de productos y sobre las condiciones bajo las cuales pueden ser utilizados, particularmente cuando se trata de alimentos y productos preparados.
Por ahora, el alcance del fallo debe distinguirse de la actividad comercial de los establecimientos: la decisión de la Corte se concentra en el autoconsumo autorizado, por lo que no implica por sí misma que cualquier tienda quede facultada para comercializar alimentos con cannabis.
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