— Agencias 06/09/2026
Personalizar un auto puede resultar costoso si se utilizan aditamentos no permitidos por el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
El Reglamento de Tránsito de la CDMX prohíbe la instalación de diversos accesorios y modificaciones mecánicas o estéticas en vehículos motorizados por motivos de seguridad vial. Quienes incurran en el uso de elementos como luces deslumbrantes, micas en placas o vidrios polarizados se exponen a sanciones económicas que van desde los $1,173.10 hasta más de $5,800 pesos, dependiendo de la gravedad de la falta.
Sanciones y accesorios prohibidos por el Reglamento de Tránsito
De acuerdo con el Artículo 43 del ordenamiento vial, queda estrictamente prohibida la utilización de sistemas antirradares, los cuales ameritan la multa más elevada del catálogo, calculada entre 40 y 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a un rango de $4,692.40 a $5,865.50 pesos. Asimismo, la alteración del sistema de escape para provocar ruido excesivo y el uso de bocinas distintas a la de fábrica con estruendo desmedido conllevan sanciones de 20 a 30 UMA.
En materia de visibilidad e iluminación, instalar faros deslumbrantes que incumplan con las Normas Oficiales Mexicanas, colocar luces de neón o usar micas traslucidas u oscuras sobre las matrículas genera sanciones de hasta 20 UMA. En cuanto al oscurecimiento de cristales laterales o traseros con película de control solar, únicamente se autoriza un nivel máximo del 20%, salvo casos médicos debidamente acreditados e inscritos en la tarjeta de circulación.
Elementos de seguridad obligatorios para la circulación vehicular
A la par de las prohibiciones, el Artículo 40 del reglamento estipula los aditamentos indispensables con los que debe contar cada unidad para transitar en la capital. Entre ellos destacan los cinturones de seguridad para cada pasajero, parabrisas en óptimas condiciones, silenciador en el escape, ambas defensas y espejos retrovisores operativos.
Los conductores también deben cerciorarse de portar herramientas de emergencia como extintor, neumático de refacción y dos señalamientos reflejantes o luminosos. Omisiones en este equipamiento básico o en el funcionamiento adecuado de las luces de frenado, direccionales y reversa ameritan multas que van de 5 a 10 UMA, situándose entre $586.55 y $1,173.10 pesos.
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