Jueza ordena a Colombia no bombardear zonas donde haya menores reclutados

— Agencias 03/09/2026

Una jueza de Bogotá emitió una medida provisional para reforzar la protección de menores reclutados durante operaciones militares contra grupos armados.

Un juzgado de Bogotá ordenó al presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, y al Ejército suspender bombardeos contra objetivos de grupos armados cuando exista información sobre la presencia de menores de edad, salvo que no exista una alternativa menos lesiva para alcanzar el objetivo militar legítimo.

Jueza ordena suspender operaciones aéreas ofensivas

La decisión fue adoptada como medida provisional por la jueza 34 de Familia de Bogotá, Viviana Arciniegas, dentro de una acción de tutela presentada para proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes reclutados o utilizados por grupos armados.

El fallo establece que las autoridades deberán suspender las operaciones aéreas ofensivas mientras se toma una decisión de fondo sobre el recurso y hasta que se implementen y verifiquen las medidas de precaución y protección necesarias.

La jueza precisó que las operaciones únicamente podrán realizarse cuando, con base en la información disponible y los protocolos operacionales aplicables, se determine que “no existe una alternativa menos lesiva” para alcanzar el objetivo militar legítimo.

Tres menores murieron en un bombardeo

La resolución judicial se dio a conocer una semana después de que el Instituto Nacional de Medicina Legal informara que tres menores murieron durante una operación militar contra un grupo de disidencias de las FARC en zona rural de El Retorno, Guaviare.

El bombardeo ocurrió el 27 de agosto. De los 10 cuerpos recuperados tras la operación, Medicina Legal confirmó que tres correspondían a menores de edad: dos tenían 15 años y otro 16 años.

El gobierno colombiano defendió la legalidad de la operación y sostuvo que los menores formaban parte del grupo armado, por lo que fueron considerados “blanco legítimo”.

La orden estará vigente durante la tutela

La medida también ordena a la Presidencia, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército, la Fuerza Aeroespacial y la Armada adoptar todas las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento inmediato.

Las autoridades deberán observar además el interés superior y la prevalencia de los derechos de los menores durante sus operaciones.

La orden tiene carácter provisional y permanecerá vigente mientras el juzgado resuelve de fondo la acción de tutela. Por ello, la decisión no constituye todavía un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad de las operaciones militares.

Debate por reclutamiento de menores

El caso de El Retorno se suma a la muerte de otro menor durante un bombardeo realizado el 10 de agosto en la región del Catatumbo, en el noreste de Colombia.

Estos hechos han reabierto el debate sobre el uso de operaciones aéreas contra grupos armados que reclutan o utilizan a niños, niñas y adolescentes.

La tutela fue presentada por Ower Jimmy Borda Parra, quien actuó como agente oficioso de los menores que puedan encontrarse en campamentos o zonas susceptibles de ser atacadas por la fuerza pública.

De acuerdo con la información proporcionada por la Defensoría del Pueblo, entre 2024 y el 31 de julio de 2026 se tuvo conocimiento de 1,173 casos de reclutamiento de niños, niñas y adolescentes en Colombia.

Medida de obligatorio cumplimiento

Aunque la orden judicial es provisional, su cumplimiento es obligatorio. El desacato puede generar sanciones para los funcionarios responsables, entre ellas arresto o multas.

La decisión ocurre mientras el gobierno de Abelardo de la Espriella incrementa las operaciones militares contra grupos armados y persisten las alertas sobre el reclutamiento y utilización de menores en el conflicto colombiano.

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