Congreso de Coahuila busca limitar la violencia vicaria a mujeres

— Penélope Cueto 01/09/2026

Saltillo, Coahuila, 1 de septiembre de 2026.- El Congreso de Coahuila busca establecer de forma expresa que la violencia vicaria solo puede cometerse contra una mujer, luego de que un caso judicial puso a prueba la definición de este delito en el Código Penal estatal. La iniciativa pretende aclarar el alcance de la figura y armonizarlo con el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Durante la sesión del Pleno, las y los legisladores dieron entrada a la iniciativa, que propone reformas al Código Penal, a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a la Ley de Prevención, Asistencia y Atención de la Violencia Familiar.

El planteamiento establece que cualquier persona puede ser responsable del delito, pero la víctima principal debe ser una mujer.

La propuesta contempla de seis meses a seis años de prisión y de 500 a mil días multa para quien incurra en esta conducta.

El caso que evidenció la ambigüedad

El planteamiento legislativo tiene como antecedente el caso de Esthela “N”, quien en enero de 2026 fue vinculada a proceso en Saltillo por violencia familiar en su modalidad de violencia vicaria. La acusación sostuvo que sus hijos fueron utilizados como medio para provocar una afectación emocional a su padre.

El proceso abrió una cuestión sobre el alcance del artículo 252 del Código Penal, debido a que su redacción no precisaba de forma expresa que la víctima principal de violencia vicaria debe ser una mujer.

La resolución identificó la necesidad de que el Poder Legislativo precisara el contenido de la norma. De esta forma, el Congreso recibió una iniciativa que traslada al texto del Código Penal el criterio establecido por el órgano constitucional estatal.

La víctima principal solo puede ser una mujer”, establece el criterio judicial.

La reforma busca evitar que la definición del delito dependa de una interpretación de distintos ordenamientos y pretende establecer de manera directa quién es la persona protegida por esta figura penal.

Qué plantea la nueva definición

El proyecto propone crear una disposición específica para la violencia vicaria contra la mujer. La conducta se configuraría cuando una persona cause daño a una mujer ya sea a través de terceros, parientes o cuidadores.

La definición contempla daño físico, psicoemocional, económico, patrimonial o de cualquier otro tipo.

La iniciativa también plantea medidas de protección y reparación. Entre ellas figura la separación del domicilio de la persona agresora, así como el pago de una cantidad por el sufrimiento ocasionado a la víctima y a las personas ofendidas.

El proyecto establece además que las víctimas puedan recibir tratamiento psicológico o psiquiátrico, cuyo costo deberá cubrir la persona responsable.

Las modificaciones también alcanzan la legislación estatal sobre acceso de las mujeres a una vida libre de violencia y sobre violencia familiar. El propósito es que los tres ordenamientos compartan una definición precisa sobre esta conducta.

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