Ordenan prisión preventiva contra Erick y Ángel por crimen en anexo Escudo de Salvación de Monclova 

— Mario Alemán 31/08/2026

Los acusados deberán ingresar a un centro penitenciario, luego de que un tribunal de segunda instancia revocara el resguardo domiciliario con brazalete electrónico que les había sido concedido.

MONCLOVA, COAH.— La situación jurídica de Ángel  N y Erick  N cambió nuevamente, luego de que el Tercer Tribunal Distrital del Poder Judicial del Estado de Coahuila ordenara imponerles prisión preventiva oficiosa y justificada dentro de la causa penal 891/2022.

Ambos enfrentan un proceso por los delitos de homicidio calificado cometido con ventaja y lesiones leves calificadas, relacionados con la muerte de Jesús Alfredo Salayandia Reyes y las agresiones sufridas por cuatro personas.

Revocan el resguardo domiciliario

La determinación fue emitida en la Sentencia 108/2026, bajo la ponencia del magistrado Ricardo López Campos, tras analizar la apelación presentada por el Ministerio Público.

Con ello, quedó sin efecto la medida que había sido concedida por el Juez de Control de Primera Instancia, Oscar Tercero Cadena García, quien durante una audiencia celebrada el 8 de junio de 2026 había permitido que los imputados permanecieran bajo resguardo domiciliario, con brazalete electrónico y autorización para salir a trabajar.

La decisión fue impugnada por la representación social, con la adhesión de la asesoría jurídica privada.

Tribunal considera procedente la prisión preventiva

Al revisar el caso, el tribunal de alzada determinó que los argumentos planteados por el Ministerio Público eran fundados y concluyó que, por tratarse de homicidio calificado, resulta aplicable la prisión preventiva oficiosa contemplada en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Otro de los elementos considerados fue que quedó firme el sobreseimiento del juicio de amparo indirecto 390/2024, situación que, de acuerdo con la resolución, modificó las condiciones procesales bajo las cuales los acusados permanecían sujetos a medidas cautelares distintas a la prisión.

Un caso que se remonta a 2022

La causa penal tiene como antecedente los hechos en los que Jesús Alfredo Salayandia Reyes perdió la vida, además de las lesiones que sufrieron Juan Luis Dueñas Aguirre, Mario de Jesús Reyes Castellanos, Honorio Suárez Arcos y Jonathan Daniel Pérez Pérez.

Durante la revisión realizada en junio, el Juez de Control había considerado, entre otros argumentos, que la Fiscalía no había solicitado prisión preventiva justificada cuando los imputados fueron vinculados a proceso en 2024.

También tomó en cuenta que ambos habían acudido a las citaciones judiciales y sostuvo que no era procedente aplicar de manera retroactiva una reforma constitucional relacionada con la prisión preventiva oficiosa en perjuicio de los imputados.

El tribunal de alzada adoptó un criterio distinto y ordenó modificar las medidas cautelares.

Deberán ser ingresados a un penal

Como parte de la resolución, el Tercer Tribunal Distrital instruyó al Juzgado de Control del Distrito Judicial de Monclova, con residencia en Frontera, a notificar formalmente a las partes, retirar el resguardo domiciliario y dejar sin efecto los brazaletes electrónicos.

Posteriormente, deberá hacerse efectiva la prisión preventiva oficiosa y justificada, por lo que Ángel N y Erick N deberán ser ingresados al centro penitenciario que corresponda mientras continúe el proceso penal.

La medida cautelar no representa por sí misma una sentencia condenatoria, por lo que ambos mantienen su derecho a la presunción de inocencia mientras el proceso judicial no concluya.

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