SCJN valida aranceles temporales a textiles y prendas de confección

— Agencias 27/08/2026

La SCJN validó los aranceles temporales a mercancías textiles y de confección, al considerar justificadas las medidas adoptadas por el Ejecutivo Federal.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válidos este 27 de agosto los decretos que establecen aranceles temporales a la importación de mercancías textiles y de confección, por lo que permanecen vigentes las medidas publicadas el 19 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación.

SCJN valida los decretos sobre aranceles textiles

El Pleno de la SCJN resolvió el Amparo en Revisión 222/2026, relacionado con el Decreto por el que se modifica la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y con el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación.

La Corte determinó que ambos decretos sí exponen las razones que justifican la imposición de aranceles temporales a diversas mercancías de las industrias textil y de confección.

De acuerdo con el comunicado de la SCJN, las disposiciones señalan que la medida busca proteger a la industria nacional frente a prácticas que afectan su competitividad y el empleo. El Pleno consideró suficiente esta motivación para mantener la validez de los decretos.

Aranceles impactan a distintas cadenas productivas

La SCJN también tomó en cuenta que las mercancías sujetas a los aranceles no están destinadas únicamente al consumo final, sino que son utilizadas en otras actividades productivas.

Entre los sectores mencionados se encuentran las industrias automotriz, del mueble, del papel y del juguete, por lo que los bienes regulados forman parte de cadenas productivas más amplias.

Este elemento fue considerado por el Máximo Tribunal al analizar la justificación de las medidas y su incidencia en distintos sectores manufactureros.

Ejecutivo tiene facultades para modificar cuotas

Otro de los puntos analizados por la SCJN fue el fundamento constitucional de las facultades del Ejecutivo Federal en materia de comercio exterior.

La Corte señaló que el artículo 49, en su párrafo segundo, reconoce facultades extraordinarias al Ejecutivo Federal para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación expedidas por el Congreso de la Unión.

Estas facultades también contemplan la posibilidad de crear otras cuotas, así como restringir o prohibir importaciones, exportaciones y el tránsito de productos, cuando el Ejecutivo lo estime urgente.

Según el comunicado, dichas atribuciones pueden ejercerse para regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional o cualquier otro propósito en beneficio público.

Con base en estos criterios, el Pleno de la SCJN validó los decretos publicados en 2024, manteniendo vigentes los aranceles temporales para las mercancías contempladas en las disposiciones.

México busca contener nuevos aranceles de Estados Unidos

La decisión de la SCJN ocurre mientras el Gobierno de México mantiene negociaciones comerciales con Estados Unidos durante la revisión del T-MEC.

El secretario de Economía, Marcelo Ebrard Casaubon, informó el pasado 13 de agosto que México pidió a Estados Unidos frenar nuevos aranceles mientras avanza la revisión del tratado, proceso que comenzó el 1 de julio.

Durante el lanzamiento de InnovaFest Querétaro, Ebrard señaló que México mantiene contacto constante con autoridades estadounidenses para defender los intereses comerciales del país. La siguiente ronda de revisión está prevista para septiembre en Washington.

De acuerdo con lo expuesto por el funcionario, alrededor de 85% de las mercancías mexicanas que cumplen con las reglas de origen conserva los beneficios del T-MEC. También indicó que el arancel efectivo promedio que paga México ronda 3.4%.

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