— Penélope Cueto 04/08/2026
Saltillo, Coahuila, 4 de agosto de 2026.- El Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza (TECZ) acreditó violencia política contra las mujeres en razón de género en siete publicaciones difundidas en Facebook contra una regidora de Piedras Negras, aunque determinó que no es posible imponer sanciones debido a que no se identificó a las personas responsables de administrar los perfiles desde los que se realizaron las publicaciones.
La resolución corresponde al Procedimiento Especial Sancionador TECZ-PES-03/2026, resuelto durante la sesión pública ordinaria de este 4 de agosto de 2026.
El asunto derivó de una denuncia presentada por una regidora de Piedras Negras contra quien resultara responsable por publicaciones difundidas entre el 21 de febrero y el 28 de mayo de 2025 en los perfiles de Facebook "EnlaMira Piedras" y "Noe Cierto News".
Aunque el análisis comprendió diez publicaciones el Tribunal resolvió que tres publicaciones, difundidas los días 22, 24 y 25 de marzo de 2025, no constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género, al considerar que su contenido se encuentra protegido por los límites de la libertad de expresión, conforme a los criterios establecidos en la Jurisprudencia 21/2018.
Expresiones con estereotipos de género
La sentencia establece que siete publicaciones sí incurrieron en violencia política contra las mujeres en razón de género, debido a que reprodujeron estereotipos de género, deslegitimaron y ridiculizaron el desempeño público de la denunciante, cuestionaron su capacidad para ejercer el cargo y vincularon su actividad política con su matrimonio y su papel como madre.
El fallo identifica expresiones como "vocera de su esposo", "carga con el escándalo de su marido" y "se puso la capa de mamá protectora" entre los elementos que produjeron un impacto diferenciado y desproporcionado por la condición de mujer de la regidora.
No habrá sanciones por falta de responsables identificados
El Tribunal también determinó que no es posible atribuir responsabilidad personal ni imponer sanciones respecto de las publicaciones difundidas tanto en "EnlaMira Piedras" como en "Noe Cierto News", debido a que no fue posible identificar a quienes crearon, administraron o controlaron esos perfiles.
Como medida de reparación, la sentencia ordena la difusión de un mensaje institucional en las redes sociales oficiales del Tribunal Electoral del Estado de Coahuila, del Instituto Electoral de Coahuila y del Ayuntamiento de Piedras Negras, con el propósito de visibilizar la vulneración acreditada, rechazar el contenido discriminatorio y contribuir a la prevención de este tipo de conductas.
La resolución instruye además a la Secretaría General de Acuerdo y Trámite del Tribunal para realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento de los efectos de la sentencia y ordena la publicación del extracto correspondiente.
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