— Agencias 03/08/2026
La Corte Suprema de Estados Unidos dejó firme el fallo que protege la ciudadanía por nacimiento y mantiene vigente la garantía establecida en la Decimocuarta Enmienda.
La Corte Suprema de Estados Unidos dejó firme la resolución que impide a la administración del presidente Donald Trump restringir la ciudadanía por nacimiento mediante una orden ejecutiva, al confirmar la vigencia de la protección establecida en la Decimocuarta Enmienda de la Constitución estadounidense.
Corte reafirma protección constitucional
La mayoría del máximo tribunal concluyó que la Decimocuarta Enmienda garantiza el derecho a la ciudadanía por nacimiento y que el Poder Ejecutivo no tiene facultades para modificar esa protección mediante una orden presidencial.
La resolución retoma la interpretación constitucional establecida desde finales del siglo XIX con el precedente United States v. Wong Kim Ark, considerado uno de los principales fundamentos jurídicos sobre este derecho.
Orden ejecutiva queda sin efectos
El caso volvió a tomar relevancia después de que la administración de Donald Trump dejara vencer el plazo para solicitar una reconsideración de la resolución judicial.
Como consecuencia, el fallo quedó firme y la orden ejecutiva perdió definitivamente sus efectos, manteniéndose vigente el criterio constitucional sobre la ciudadanía por nacimiento.
Derecho continúa para menores nacidos en Estados Unidos
Con esta decisión, los niños nacidos en territorio estadounidense continúan adquiriendo la ciudadanía desde el momento de su nacimiento, independientemente de la situación migratoria de sus padres.
La resolución mantiene las excepciones históricas previstas por la Constitución, entre ellas los casos de hijos de diplomáticos extranjeros, que no están comprendidos dentro de esta garantía.
Fallo mantiene vigente el criterio constitucional
La decisión reafirma la interpretación de la Decimocuarta Enmienda como base del derecho a la ciudadanía por nacimiento en Estados Unidos y deja sin efecto el intento de modificar ese principio mediante una acción del Ejecutivo.
Con ello, el criterio constitucional vigente permanece sin cambios y continúa aplicándose conforme a la jurisprudencia establecida por la Corte Suprema.
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