VANGUARDIA/EL TIEMPO
La Sala Monterrey del TRIFE revocó ayer por unanimidad la sentencia del Tribunal Electoral de Coahuila que había desechado la denuncia de Rosario Jiménez Sifuentes, quien se inconformó por la entrega de la constancia como diputada plurinominal a Gabriela Zapopan Garza Galván.
El pasado 14 de junio, el TEEC desechó el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos-Electorales de los Ciudadanos promovido por Jiménez Sifuentes, por considerar que ésta no tenía el interés jurídico para impugnar el nombramiento de Garza Galván, por lo que el órgano jurisdiccional ni siquiera entró a analizar el fondo del asunto.
Sin embargo, la Sala Superior, con su decisión, regresó el caso al tribunal local y le ordenó analizar los agravios de los que se duele Sifuentes Jiménez, quien alega que la segunda fórmula de Representación Proporcional postulada por el PAN, encabezada por Gabriela Zapopan, hermana de la senadora Silvia Garza Galván, es inelegible.
La actora alega que la candidata electa no solicitó licencia para separarse de su cargo como regidora de Monclova, con un mínimo de 90 días antes de la jornada electoral.
Claudia Valle Aguilasocho, presidenta de la Sala Monterrey, consideró ayer que la legislación electoral de Coahuila no exige acreditar un interés jurídico para impugnar una decisión, en este caso del IEC, sino que sólo basta con tener un interés legítimo, lo cual está dispuesto en el artículo 42 de Código Electoral.
“De esta forma estimo y comparto la propuesta que debe ampliarse el estándar bajo el cual se analiza la viabilidad de los efectos jurídicos que pretende la actora en la instancia local, con el interés legítimo basta para que se acredite una posible afectación en su esfera jurídica.
Por eso es que coincido de que el Tribunal Electoral de Coahuila debió de haber tomado en cuenta esta situación y tener por cumplido el mencionado requisito procesal”, señaló Aguilasocho. La magistrada federal opinó que Jiménez, en su calidad de candidata a diputada local de representación proporcional por el PAN, acredita el interés legítimo y por ende está facultada para controvertir el acuerdo de asignación que emitió el Instituto Electoral de Coahuila que le dio la constancia a Garza Galván.
“El Tribunal (de Coahuila), en nuestra consideración debió de analizar sus agravios (de Jiménez Sifuentes) que se dirigen a evidenciar una presunta inelegibilidad de la candidata designada en la segunda posición de la lista del partido (PAN)”, expresó Aguilasocho.