— Agencias 17/06/2026
La Suprema Corte resolvió tres asuntos relacionados con la restitución de tierras ejidales, en una votación que evidenció diferencias sobre la protección de derechos agrarios.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió tres asuntos vinculados con la restitución de tierras ejidales, determinando por mayoría desechar o limitar la revisión de recursos promovidos por ejidos, en una decisión que abrió un debate entre quienes defendieron un análisis de legalidad y quienes argumentaron la necesidad de privilegiar la protección de los derechos agrarios reconocidos en la Constitución.
Corte resuelve casos relacionados con restitución de tierras
Durante la sesión de este miércoles, el Pleno de la Suprema Corte analizó el recurso de reclamación 139/2026 y los amparos directos en revisión 1156/2026 y 1340/2026, proyectos elaborados por el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García.
Las resoluciones fueron aprobadas por mayoría, con los votos en contra del ministro presidente Hugo Aguilar y de las ministras Loretta Ortiz, Lenia Batres y María Estela Ríos.
Caso involucró disputa por tierras ejidales
Uno de los asuntos analizados derivó de una acción de restitución promovida por un ejido que reclamaba la recuperación de un terreno ocupado por un particular.
Aunque inicialmente un Tribunal Agrario determinó que procedía la restitución, posteriormente un Tribunal Colegiado concluyó que no se acreditaban los requisitos necesarios para dicha acción, dejando sin efectos la sentencia original.
Ante ello, el ejido promovió un recurso de revisión ante la Suprema Corte, mientras que la parte quejosa presentó un recurso de reclamación.
La mayoría del Pleno respaldó el proyecto que declaró fundado dicho recurso y revocó el acuerdo mediante el cual se había admitido la revisión.
Debate entre legalidad y derechos ejidales
Los otros dos expedientes abordaron una controversia relacionada con un ejido de Yucatán que reclamaba la restitución de tierras ocupadas por particulares.
Durante la discusión, algunos ministros sostuvieron que los recursos planteaban únicamente cuestiones de legalidad y valoración de pruebas, aspectos que no correspondían a una revisión constitucional por parte de la Corte.
El ministro Giovanni Figueroa argumentó que los agravios presentados se enfocaban en decisiones de legalidad previamente analizadas por tribunales colegiados, por lo que no existían elementos suficientes para que el máximo tribunal estudiara el fondo del asunto.
Ministros advierten impacto en derechos agrarios
Las voces disidentes señalaron que los casos debían analizarse desde una perspectiva constitucional vinculada a los derechos colectivos de los ejidos.
La ministra María Estela Ríos recordó que los ejidos tienen origen en principios históricos y constitucionales derivados de la Revolución Mexicana y destacó la importancia del Artículo 27 de la Constitución para la protección de la propiedad social.
Por su parte, el ministro presidente Hugo Aguilar sostuvo que la discusión trascendía aspectos de legalidad y tenía implicaciones directas sobre la protección constitucional de las tierras ejidales y comunales.
Debate sobre propiedad social continúa
Durante la sesión, también participaron las ministras Loretta Ortiz y Lenia Batres, quienes expresaron preocupación por los efectos que este tipo de criterios podrían tener en futuras controversias agrarias.
Las resoluciones reflejaron posturas encontradas respecto al alcance de la revisión constitucional en conflictos relacionados con la propiedad ejidal, la restitución de tierras y los derechos colectivos reconocidos por la Constitución mexicana.
El debate se suma a una discusión más amplia sobre la protección jurídica de los ejidos y la interpretación de los derechos agrarios dentro del sistema judicial mexicano.
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