Aseguran Tren Interoceánico y suben prima para accidentes

— Agencias 17/05/2026

El Tren Interoceánico pagó 11.5 millones de pesos a la aseguradora del gobierno federal Agroasemex por el seguro de pasajeros que viajen este año, y en donde destaca que en caso de muerte colectiva, la suma asegurada por usuario es de 3.1 millones de pesos.

Esto, luego del accidente en diciembre del año pasado en la Línea Z del tramo Coatzacoalcos-Salina Cruz que dejó 14 muertos y más de 100 heridos.

En el contrato EP-13-J3L-013-J3L001-N-13-2026, que se entregó en adjudicación directa a Agroasemex se detalla que por muerte accidental colectiva es por un límite de 10 mil salarios mínimos por pasajero (cerca de 3 millones 150 mil pesos), y por muerte accidental el límite máximo es de 5 mil salarios mínimos (alrededor de un millón 575 mil pesos).

Destaca que el monto de la suma asegurada aumentó respecto a la del año pasado, que era de 400 mil pesos por pasajero en caso de accidente.

El seguro de este año también establece que por incapacidad accidental permanente parcial o total se tendrá una suma asegurada por un millón 575 mil pesos y por gastos funerarios será de 234 mil pesos.

En el oficio de la adjudicación firmado por la Gerencia de Adquisiciones y Obra Pública del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec y Agroasemex se señala que la vigencia del seguro comprende del 1 de febrero al 31 de diciembre de este año.

"Se adjudica en forma directa a la empresa Agroasemex para el servicio de seguro de pasajeros del Ferrocarril Interoceánico para el periodo que inicia a las 00:00 horas del 1 de febrero de 2026 y concluye a las 23:59 del 31 de diciembre de 2026, a través de un contrato de acuerdo con su cotización entregada por un monto de $11,598, 852.91".

Más ajustadores ante accidente masivo

El contrato también indica que en caso de que un accidente involucre a más de cinco pasajeros, la aseguradora estará obligada a desplegar de manera inmediata un número adicional de ajustadores, suficiente para garantizar la atención simultánea, oportuna y adecuada de cada personas afectada.

Advierte que el número de ajustadores asignados deberá ser proporcional a la magnitud del evento, sin que en ningún caso la atención de los pasajeros se vea retrasada o limitada por insuficiencia de personal.

Garantizan asistencia médica y hospitalización

Se garantiza que en caso de accidente, los pasajeros afectados deberán recibir asistencia médica y quirúrgica, así como hospitalización cuando el caso lo requiera, incluyendo especialidades.

También podrán recibir medicamentos, material de curación, aparatos de prótesis y ortopedia, además de traslados requeridos para atención médica y quirúrgica.

Se establece que, en caso necesario, las víctimas de un accidente podrían recibir tratamiento siquiátrico y/o sicológico; además, se garantizan gastos de acompañamiento consistentes en hospedaje, alimentos, transporte y salario caídos de la persona que se encargue de los cuidados del pasajero.

Equipaje asegurado

El contrato advierte que por pérdida, robo o avería de equipo, el monto mínimo que recibirá el pasajero afectado será el valor de 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA) —equivalente a cerca de 2 mil 346 pesos— por pieza de equipaje registrado o el valor de los bienes acreditados por los pasajeros, quienes deberán presentar facturas o notas de compras previos.

"Por pérdida, robo o avería de equipaje, el monto mínimo equivalente a 20 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización por pieza de equipaje registrada y/o deberá cubrirse el monto total de valor de los bienes acreditados por los pasajeros mediante facturas y notas de compras previos a la fecha del evento".

Pago en un mes

Destaca que Agroasemex hará el pago de cualquier indemnización en el curso de los 30 días siguientes a la fecha en que haya recibido los documentos e informaciones que le permitan conocer el fundamento de la reclamación.

"La compañía aseguradora hará el pago de cualquier indemnización en el curso de los 30 días siguientes a la fecha en que haya recibido los documentos e informaciones que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, en el lugar a elección de la aseguradora".

No cubrirá suicidio

El contrato establece que quedan excluidos de la póliza de seguro responsabilidades derivadas de conductas dolosas o "gravemente negligente" por parte del pasajero.

En este sentido, se establece que no se podrá acceder a la cobertura del seguro por suicidio.

"Exclusiones: responsabilidades derivada de la conducta dolosa y gravemente negligente del pasajero por accidente, lesiones, inhabilitación, muerte u otra pérdida causada en todo o en parte por enfermedades corporales o mentales, ni tampoco cubrirá el suicidio o cualquier conato de este, bien sea que se cometa en estado de enajenación mental o no".

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