Ayuntamiento presenta recurso contra multa por manejo de restos animales

— Sallory Zapata 22/12/2025

El Ayuntamiento de Piedras Negras inició un procedimiento legal para impugnar la sanción económica impuesta por la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Coahuila (PROPAEC), derivada de un expediente administrativo relacionado con la disposición final de cadáveres de canes, informó la Secretaría del Ayuntamiento.

Impugnación interpuesta conforme al marco legal

El secretario del Ayuntamiento, Daniel Omar Aguilar Muñoz, dio a conocer que el municipio presentó un recurso de revisión ante la PROPAEC dentro del plazo establecido por la ley, el cual concluía el 15 de diciembre. El documento fue ingresado el 11 de diciembre, cumpliendo con los tiempos previstos en la legislación estatal.

El funcionario explicó que el recurso constituye un mecanismo ordinario de defensa previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Coahuila, mediante el cual las autoridades pueden controvertir resoluciones administrativas que consideren improcedentes o incompletas.

Hasta el momento, señaló, la autoridad ambiental no ha notificado al municipio si el recurso fue admitido para su análisis. En caso de ser aceptado, la PROPAEC contará con un plazo de 30 días hábiles para emitir una resolución definitiva.

La multa, por un monto de un millón 100 mil pesos, fue impuesta como resultado de un procedimiento administrativo iniciado tras la difusión de un video que muestra el manejo de restos de animales, lo que derivó en señalamientos por un presunto incumplimiento a la normatividad ambiental y de protección animal.

Diferencias en la interpretación del procedimiento

Entre los argumentos expuestos en el recurso, el Ayuntamiento sostiene que el material audiovisual difundido no refleja la totalidad del proceso aplicado para la disposición de los restos, al mostrar únicamente un momento específico de la operación.

Aguilar Muñoz indicó que, si bien la normativa ambiental establece la incineración como un método permitido, la inhumación no se encuentra prohibida, siempre que se realice bajo criterios técnicos adecuados. En ese contexto, el municipio solicitó que se practicara una inspección física del sitio para verificar las condiciones del procedimiento, solicitud que, afirmó, no fue atendida durante la integración del expediente.

Otro de los puntos planteados en la impugnación se refiere a la severidad de la sanción, al considerar que se aplicó la penalidad máxima, pese a que el municipio habría cumplido con las medidas de seguridad ordenadas por la autoridad ambiental una vez iniciado el procedimiento.

La PROPAEC sostiene que el método de disposición utilizado podría ocasionar afectaciones al subsuelo, criterio que será analizado dentro del proceso de revisión administrativa. La resolución final dependerá de la valoración jurídica y técnica que realice la autoridad competente.

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