El transfeminicidio queda penalizado de 35 a 70 años de prisión.
El decreto con el que se tipifica el delito de transfeminicidio en la capital del país entró en vigor este viernes. El jefe de Gobierno, Martí Batres, presentó dichas reformas al Código Penal denominadas Ley Paola Buenrostro, por el asesinato de la mujer trans en 2016, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Precisó que el transfeminicidio queda penalizado de 35 a 70 años de prisión, pero podrá aumentar la pena hasta en una tercera parte cuando la víctima presente señales de saña, cuando el delito sea cometido en el contexto de trabajo sexual, cometido por dos o más personas, cuando sea en presencia de una o más personas con quienes la víctima tuviera un vínculo de parentesco.
También, cuando la víctima sea menor de edad, adolescente, con discapacidad o adulta mayor, sea persona en situación de calle o bien, la víctima haya sido amenazada.
“La Ciudad de México avanza en la construcción de garantías de los derechos de la comunidad LGBTTTIQ+. Es un logro crucial por diversas razones: porque visibiliza una violencia particular que enfrentan las mujeres trans, porque esta tipificación contribuye a eliminar las barreras culturales, sociales, políticas, judiciales que impiden el ejercicio pleno de sus derechos”, destacó.
El mandatario capitalino dijo que el tipo penal señala que comete el delito de transfeminicidio quien por razón de identidad de género o expresión de género prive de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género real o percibida se encuentre dentro del espectro femenino de género.
Las activistas Kenya Cuevas y Natalia Lein señalaron que la Ciudad aún tiene pendientes con la comunidad trans, como garantizar el acceso a la salud, trabajo digno y acceso a la vivienda y no se ha dado cumplimiento en su totalidad a la recomendación de la Comisión de Derechos Humanos local tras el transfeminicidio de Paola Buenrostro.