En el medio de impugnación (expediente TECZ/JE27/2024) presentado por el PRI contra el Comité Municipal Electoral (IEC), se argumentó que “el alcalde de Francisco I. Madero actuó como coordinador de campaña de la candidata a la presidencia de la República por Morena, además de asumir el rol de comandante y autoridad directa de la Policía Preventiva Municipal, utilizando su control para perseguir, intimidar, acosar, violentar, coaccionar y privar de la libertad a ciudadanos, específicamente a líderes y simpatizantes del PRI”.
También se señaló que el alcalde realizó transmisiones en Facebook donde se mostraba el escudo del municipio de Francisco I. Madero, incurriendo en uso indebido de recursos públicos.
En el proyecto presentado por el magistrado presidente Sergio Díaz Rendón, se determinó que al analizar las imágenes de la página de Facebook del alcalde, no se encontró evidencia de que el funcionario incitara a la ciudadanía a alterar el orden, perseguir o violentar a personas con opiniones diferentes o que pertenecieran al PRI.
Se concluyó que los mensajes del alcalde se centraban en invitar a la población a denunciar presuntas irregularidades atribuidas al PRI y no se demostró que coaccionara al electorado para votar a favor de Morena. Tampoco se encontró evidencia de amenazas públicas que pudieran alterar la paz pública.
En cuanto a las detenciones ilegales, se reconoció que estas conductas fueron realizadas por la Policía Municipal de Francisco I. Madero y su alcalde, pero se consideraron hechos aislados y no sistematizados, sin la gravedad necesaria para influir en el resultado de la elección.
El PRI también denunció que el alcalde utilizó la plataforma de comunicación oficial del ayuntamiento y logotipos institucionales para favorecer al candidato de Morena y rechazar al PRI. Sin embargo, el Tribunal especificó que las transmisiones fueron realizadas a través de la cuenta personal del alcalde y no desde la página oficial del ayuntamiento.
Se estableció que no se demostró que los actos mencionados tuvieran la intención de influir en el ámbito electoral ni se consideraron irregularidades graves y determinantes para el resultado de la elección.
La magistrada Karla Verónica Félix Neira destacó que Francisco I. Madero fue uno de los municipios con mayor participación ciudadana en el estado, con un 69.85 por ciento, lo que contradice la supuesta inhibición mencionada.