Tribunal Electoral señala uso indebido de programas sociales por parte de AMLO

Sin embargo, la ley establece que el Presidente de la República no puede ser sancionado por infracciones en materia electoral.

Por mayoría de dos votos, el Tribunal concluyó que AMLO vulneró los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral, realizó promoción personalizada y difundió propaganda gubernamental en periodos prohibidos. Estas acciones, según el Tribunal, tenían el propósito de evidenciar los logros y acciones de su administración, generando así simpatía entre la ciudadanía.

La Sala Especializada declaró la existencia de uso indebido de recursos públicos, argumentando que el servicio público utilizó recursos humanos, financieros y materiales para organizar, celebrar y transmitir las conferencias mañaneras denunciadas. Además, se señaló el uso de redes sociales para su difusión.

No obstante, el Tribunal determinó la inexistencia de actos anticipados de campaña atribuidos a AMLO y otras partes denunciadas, ya que no son sujetos a dicha acción. Asimismo, se concluyó que la exjefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, no incurrió en uso indebido de recursos públicos. Se acusó a AMLO de difundir propaganda en periodo prohibido, ya que sus declaraciones no encuadran en las excepciones de la propaganda gubernamental permitida durante la campaña electoral. Por ello, se ordenó que los superiores jerárquicos de las partes involucradas determinen las acciones correspondientes, con excepción del presidente.

El fallo del Tribunal Electoral ha generado diversas reacciones y planteado preguntas sobre la regulación y las consecuencias de estas infracciones en futuros procesos electorales.

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