Asegura IEEZ que en este caso actuó conforme a derecho

 

Sobre los hechos existe una denuncia penal ante la fiscalía zacatecana interpuesta por la presidenta y la secretaria ejecutiva, quienes fueron las víctimas.

El 5 de junio, en sesión especial, el Consejo General Estatal realizó el cómputo final que dio como ganador a Mauro Yuriel Jáuregui Muñoz (MC), con 889 votos; en segundo lugar José Socorro Ramírez Hernández (MAZ), con 487 sufragios. Este último es esposo de la actual alcaldesa.

En entrevista con EL UNIVERSAL, Arturo Sosa Carlos, consejero electoral del IEEZ, precisa que este instituto está obligado a concluir todas las etapas procesales, por ende, considera que frente a este "hecho aislado, pero grave (…) se actuó correctamente y se manejó el asunto con cautela" para proteger "el cumplimiento a la ley, la seguridad de nuestros ciudadanos y salvaguardar la voluntad ciudadana".

En este caso se debía concluir el cómputo municipal con los paquetes electorales que se tuvieran para que los candidatos o partidos que no estuvieran de acuerdo con los resultados tuvieran la posibilidad de impugnar: "No se puede impugnar algo que no se ha concluido", asienta.

Era una obligación, dice, hacer el cómputo con los ocho paquetes electorales que eran posibles contar: "No hacerlo hubiéramos faltado al principio de certeza al no poder asentar un resultado".

Precisa que se dejó con cero votos las dos casillas que fueron hurtadas, porque tampoco fueron capturadas en el conteo preliminar del PREP, debido a que esos dos paquetes cuando llegaron a la sede municipal no llevaban colocados por fuera el acta de resultados. Después, al ocurrir la sustracción de los expedientes, la autoridad se quedó "sin elementos de prueba".

Agrega que al realizar el cómputo municipal se preguntó si alguno de los representantes de los partidos presentes contaba con el acta del escrutinio y cómputo de esas casillas, pero nadie presentó nada.

"Nosotros tenemos un principio de legalidad que nos exige que el único documento que tiene validez plena es el acta de escrutinio, que se vuelve público al concluirse el cómputo en cada una de las casillas; una copia de esos resultados se les otorga a los representantes de partidos", explica.

La impresión de una foto de un listado de resultados pegados afuera de la casilla, presentada por el representante del MAZ, se integró en el acta circunstanciada porque se presentó después de que concluyó el cómputo.

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