Durante seis semanas precandidatos no podrán hacer campaña electoral

El INE advirtió que los precandidatos no podrán aparecer en debates, spots o mesas de análisis.

A partir de hoy y hasta el 29 de febrero los aspirantes y precandidatos registrados no podrán aparecer en debates, spots o mesas de análisis, advirtió el Instituto Nacional Electoral (INE), debido al período vigente de “intercampañas” dentro del calendario electoral.

Del mismo modo, durante este lapso, el contenido de la propaganda comicial de los aspirantes a todos los cargos públicos de todos los partidos políticos, solo puede tener un carácter informativo.

En tanto, explica el INE, sí se permite la difusión de propaganda política, pero solamente para presentar la ideología, principios, valores o programas de un partido político, para generar, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias o invitar a la ciudadanía a formar parte del mismo.

De igual forma se permite la difusión de cuestionamientos o logros de la actividad gubernamental. En tal caso, el promocional no debe hacer mención ni identificar a una candidatura o partido político, a fin de posicionarlo de forma negativa o positiva.

En los promocionales de radio y televisión es válido que se incluyan referencias a temas de interés general y con carácter informativo, siempre y cuando no se haga uso explícito de llamados a votar, a favor o en contra, o referencias expresas a candidaturas y la plataforma electoral del partido político que difunde el promocional.

El órgano electoral resalta que la alusión genérica al cambio o continuidad de una política pública no supone una afectación grave o irreparable al principio de equidad en la contienda electoral, en tanto que no es un llamamiento al voto.

Para que una acción constituya un acto anticipado de campaña, se deben colmar tres requisitos: un elemento personal: que los realicen los partidos políticos, así como sus militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos; un elemento temporal: que acontezcan antes, durante o después del procedimiento interno de selección de candidatos y previamente al registro constitucional de candidaturas.

Además, un elemento subjetivo: que tengan el propósito fundamental de presentar la plataforma de un partido político o coalición, o promover una candidatura para obtener el sufragio de la ciudadanía en la Jornada Electoral.

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