El amparo concedido al magnicida permitiría que Mario Aburto pueda recobrar su libertad en marzo de 2024, cuando cumpla 30 años preso.
La impugnación de la Fiscalía General de la República (FGR), la cual reclamó la sentencia que amparó a Mario Aburto Martínez y que dejó sin efecto la condena de 45 años de prisión por el homicidio del candidato del PRI a la Presidencia, Luis Donaldo Colosio, fue aceptada a trámite por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El expediente fue turnado por la presidenta de la Corte, Norma Piña Hernández, al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo para su estudio, caso que será analizado por la Primera Sala de la Corte, lo anterior consta en registros judiciales.
Debido a que en unos días inicia el periodo vacacional, el caso será discutido hasta el próximo año. El amparo concedido al magnicida permitiría que Mario Aburto pueda recobrar su libertad en marzo de 2024, cuando cumpla 30 años preso, o incluso antes.
El Ministerio Público Federal solicitó a la Corte atraer el caso porque, dijo que, el crimen cometido contra el extinto político es un delito del orden federal y no local.
Por esta razón, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal con residencia en el Estado de México ordenó turnar el recurso de revisión a la Corte.
¿Qué argumentó la FGR sobre el caso de Mario Aburto?
La FGR argumentó que el Tribunal que amparó a Mario Aburto no analizó correctamente la jurisdicción federal porque no se trató de un homicidio del fuero común local, sino que, de conformidad con el artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, correspondía, por su magnitud y consecuencias, a las autoridades federales conocer de ese delito.