El gremio de los profesionales de la salud exhortó a los coordinadores en el Senado para que se abra un diálogo sobre la aprobación de una reforma a la Ley General de Salud sobre la objeción de conciencia para ese sector.
En conferencia, José Narro Robles, exsecretario de Salud, dijo: "Yo espero que se puedan abrir estos espacios de debate, de intercambio, de reflexión para tomar las mejores decisiones, ya que hay puntos a resolver que son sensibles, lo que no pueden es legislar de forma abrupta, deben escuchar a los expertos, no se debe afectar la libertad de los profesionales sobre la objeción de conciencia".
Recalcó que se actuó de forma incorrecta al no tomar la opinión de los profesionales, ya que se "atenta contra la libertad esencial por sus convicciones, su ética y creencias personales".
El diputado panista Éctor Jaime reiteró que la iniciativa busca criminalizar y sancionar a quienes hagan valer la objeción de conciencia en las instituciones de salud, al contemplar sanciones civiles, administrativas y penales a médicos y enfermeras.
"Muchas veces en las instituciones no tenemos los insumos necesarios para poder trabajar y nos quitan este gran beneficio que tenemos, estamos quebrados", dijo el doctor Luis Francisco Molina Jai, presidente del Colegio Mexicano de Medicina General A.C.
Rosario Laris, médico, maestra en salud pública y bioeticista, precisó: "La objeción de conciencia para los profesionales de la salud es la negativa por motivos éticos, de conciencia o religiosos, a llevar a cabo determinadas prácticas médicas que son ordenadas o toleradas por la autoridad.
"La objeción de conciencia surge también del conocimiento que el profesional de la salud ha adquirido gracias a su preparación académica y que sigue obteniendo con la suma de su experiencia cotidiana, lo que le permite considerar si alguna práctica fuese adecuada o no para su paciente, es decir, esta conciencia lo impulsa a buscar el bien del paciente en todo momento", indicó.
Las adiciones a la Ley General de Salud establecen que la objeción de conciencia no podrá invocarse en los siguientes casos: 1. Cuando se encuentre en riesgo la vida del o la paciente; 2. Cuando se trate de una urgencia médica; y 3. Cuando implique una carga desproporcionada para la o el paciente.