La Comisión de Capacitación y Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad los Lineamientos, el Modelo de Operación y la Documentación Electoral para la Organización del Voto de las Personas en Prisión
En cumplimiento de la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dictada en el expediente SUP-JDC-352/2018 y su acumulado, los Lineamientos tienen como objetivo garantizar el voto anticipado de 92,792 personas que se encuentren en prisión preventiva en 282 centros penitenciarios en los 32 estados de la República, durante el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024. Podrán votar quienes no hayan sido sentenciados.
Diputaciones. Mediante la modalidad del voto anticipado, las personas en prisión preventiva que no han sido sentenciadas podrán participar en la elección de la Presidencia de la República y en las elecciones locales de Chiapas y Ciudad de México, incluyendo gubernaturas, jefaturas de gobierno, diputaciones y ayuntamientos o alcaldías. En el caso de Hidalgo, se aplicará lo correspondiente a los ayuntamientos. Los Lineamientos, el Modelo de Operación y la Documentación Electoral para la Organización del Voto de las Personas en Prisión Preventiva fueron aprobados por las consejerías que integran la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, y contemplan el ejercicio del voto anticipado bajo un enfoque progresista de maximización de derechos y en apego a los principios pro-persona y de presunción de inocencia. Una vez que la Sala Superior determinó que las personas en prisión preventiva tienen derecho a votar, corresponde al Instituto como autoridad electoral nacional maximizar y potenciar este derecho con la finalidad de garantizar la emisión del sufragio a través de la innovación de medidas y mecanismos.