Presentan nueva reforma electoral

Las 10 iniciativas de reforma electoral deberán ser aprobadas antes de octubre para ser aplicadas en 2024.

Saltillo, MÁS. – Presentaron los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México 10 iniciativas de reforma a la Ley y Código electorales que tienen que ver con violencia política de género, candidaturas, convenios de participación política, boletas electorales, reelección, Tribunal Electoral, financiamiento a partidos y medios de impugnación electorales.

Todas sin excepción se turnaron a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su análisis, discusión y posterior dictamen, lo cual tendría que ser aprobado en sesión del Pleno a más tardar a finales de este mes de septiembre y que se puedan aplicar los ordenamientos para el proceso electoral del 2024 en que se elegirán las 38 alcaldías de Coahuila.

Indican una reforma y adicionan a diversas disposiciones del Código Electoral, en materia de registro y asignación de candidaturas y tienen que ver con acciones para garantizar la paridad, la competitividad y la asignación de diputaciones; facilitar el acceso a candidaturas independientes o la sustitución de candidaturas.

En materia de financiamiento, un ejemplo es el Artículo 58 numeral 1, a), inciso I. “El Consejo General del Instituto determinará anualmente el monto total por distribuir entre los partidos políticos conforme a lo siguiente: multiplicará el número total de ciudadanas y ciudadanos inscritos en el padrón electoral estatal, a la fecha de corte de septiembre de cada año, por el sesenta y cinco por ciento de la Unidad de Medida y Actualización en su valor diario vigente en el Estado”.

El numeral 2, a) y b) “Los partidos políticos nacionales que no tuvieren derecho a financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias, el año de la elección de que se trate, les corresponderá solamente financiamiento para gastos de campaña en términos del inciso a)”.

Mientras que el Artículo 60 aborda el tema de las aportaciones o cuotas de militantes, de precandidatos y candidatos para financiar precampañas y campañas cuyos topes van de un 40 a un 15, un 20 y 2 por ciento respectivamente y dependiendo de la procedencia de la aportación.

En materia de violencia política de género en el Artículo 11 BIS “determinará la inelegibilidad de cualquier persona a la que se le haya dictado una resolución o condena judicial firme en su contra por delito, infracción o declaración de cualquier tipo o modalidad de violencia contra una mujer en razón de género de las contempladas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia”.

Hay reforma referente a convenios de participación política entre partidos, las boletas electorales se proponen, aparte del nombre de la persona candidata, si así lo desea incluir sobrenombre o apodo y fotografía; además, en cuanto a la reelección que, en el caso de diputaciones sigue igual para que “las diputadas y los diputados podrán ser electos hasta por cuatro periodos consecutivos”.

Incluso aborda cambios relativos al fortalecimiento del funcionamiento del Tribunal Electoral del Estado y la Ley de Medios de Impugnación en Materia Político-Electoral y de Participación Ciudadana para el estado.

Diputaciones y violencia política de género

En el registro y asignación de candidaturas para garantizar la paridad y la competitividad de diputaciones; así como facilitar el acceso a candidaturas independientes.

En materia de violencia política de género en el Artículo 11 BIS, “determina la inelegibilidad de cualquier persona con una resolución o condena judicial por ese delito”.

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