Entorno Laboral... Sin legitimación de CCT en la 265

Parecía que todo iba por buen camino, pero, resulta que la ley tiene tantos recovecos y caminos legaloides que se pueden seguir.

Vaya duro golpe que recibieron los mineros de Hércules pertenecientes a la sección 265 del Sindicato Minero Nacional. Y es que desde finales del mes anterior se conoció que se había acordado con la propia empresa en audiencia donde estuvo presente Enrique Rivera, de Relaciones Laborales, que señalarían bienes para venta y así poder pagar a los mineros las más de 26 semanas de salarios que se les deben. Parecía que todo iba por buen camino, pero, resulta que la ley tiene tantos recovecos y caminos legaloides que se pueden seguir y resulta que ahora por un amparo no se podrá hacer absolutamente nada. Así como lo están leyendo en el proceso que les señaló, se realizó audiencia el pasado jueves 10, en donde se conoció que se concedió la suspensión definitiva del proceso, toda vez que no se tiene aún la legitimación del Contrato Colectivo de Trabajo establecido como CC 164/1985-VI-COAH. En dicho documento se puede leer a la letra “Sexto. Concesión de la suspensión definitiva. En este orden de ideas, Con Fundamento en los artículos 128, 129, 139 y 147 de la ley de Amparo. SE CONCEDE la suspensión definitiva a la parte quejosa para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan, por lo que las autoridades responsables deberán de abstenerse de dar por terminado el contrato colectivo de trabajo CC.164/1986-VI, en caso de que dicha circunstancia haya ocurrido y hasta en tanto se notifique a las autoridades responsables la resolución que declare la firmeza de la sentencia que se emita en el juicio principal. Sin que sea el caso fijar garantía, ya que no existe tercero interesado, por lo que a consideración de este juzgado de distrito, con la medida cautelar que ahora se concede, no se causan daños y perjuicios. Dicha medida no surtirá efecto legal alguno si el acto reclamado ya se ejecutó o proviene de autoridades diversas a las aquí señaladas.” Así la situación y por ende, mientras no se tenga la legitimación del CCT, entonces nada se podrá hacer al respecto, al menos en la sección 265 con sede en Hércules. Por cierto, para los incrédulos, tengo en mi poder el documento correspondiente del cual hago alusión. 

TAXISTAS LANZAN ULTIMÁTUM

La infracción a un taxista que cargó pasaje en área prohibida para ellos fue la excusa perfecta para relevarse contra las unidades de plataformas por parte de los taxistas tradicionales. En muchas cosas tienen la razón por que al final a ellos sí les exigen que tengan todos sus documentos en regla y los de plataforma no cumplen nada de eso. La ciudadanía ha criticado severamente el hecho de que muchos traen carros viejos y que los de plataforma son unidades buenas, pero independientemente de eso al final la ley marca un reglamento que las plataformas no cumplen y como consecuencia son ilegales. Pero también hay que decir que el tema de la infracción contra el taxista que cargó en una parada de camiones no es nada nuevo porque hay muchos taxistas que ya hacen base en las paradas camioneras y ahí juntan cuatro o cinco personas y de a 10 pesos los invitan a subir a su unidad. Eso evidentemente es una competencia desleal contra los camioneros. Que si se tardan en pasar los camiones, que si son chatarras, que si ciertos días no hay, es otro boleto, pero al final los taxistas saben que no pueden cargar pasaje en esas áreas. En fin, ayer los taxistas de la Federación CTM que encabeza Javier Hernández del Ángel bloquearon la calle Hidalgo, es como una primera medida de presión. Dejaron en claro que ya no aguantarán más tiempo y que se tiene que actuar contra las unidades de plataformas. Acordaron con Everardo Rodríguez que a más tardar en 15 días inician operativos para erradicar a los que andan en plataformas y que obviamente andan ilegales u orejanos como ellos lo mencionan. Ya veremos si realmente se llevan a cabo las acciones y sobre todo cuáles pueden ser las reacciones.

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